El que provoque incendios forestales, paga

También habrá sanción de hasta 30 mil días de salario mínimo a quien se niegue a combatir una conflagración.

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Las sanciones aprobadas por el Senado buscan dar protección jurídica a las zonas forestales. (Archivo/Notimex)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- El Senado aprobó mayores multas, de 150 a 30 mil días de salarios mínimos, a quienes provoquen incendios forestales con la intención de cambiar el uso de suelo.

El 98 por ciento de las actividades humanas ocasionan los incendios forestales y de este porcentaje el 36 por ciento corresponde a actividades agropecuarias, según datos de Milenio.

El coordinador del Partido Verde en el Senado, Jorge Emilio González, quién promovió la iniciativa, aseguró que uno de los móviles para causar un incendio forestal es la intención de cambiar la vocación natural del uso de suelo, ocasionando con ello una grave pérdida forestal para el país.

Agregó que con ello buscan aumentar la productividad de los pastos que se utilizan para el ganado, o para reclamar árboles en áreas que no tienen permisos de aprovechamiento, así como tener la oportunidad de apropiarse de zonas forestales.

Además, el senador detalló que los reiterados incendios en zonas forestales específicas impide la pronta regeneración del suelo.

Por ello, bajo la idea de “el que contamina paga” se incrementó la protección jurídica de los recursos forestales incrementando el monto de las multas que pueda imponer la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Sanciones económicas

Las multas serán de 40 a mil días de salario mínimo a quienes establezcan cultivos agrícolas o realicen labores de pastoreo en terrenos forestales, e incumplan, presten u omitan trabajos técnicos de restauración forestal.

De 100 a 20 mil días de salario a quienes realicen obras o actividades distintas en terrenos forestales; obstaculicen visitas al personal autorizado; cambien la autorización de los terrenos forestales; omitan realizar guardarrayas de protección contra el fuego; extraigan, transporten, almacenen, transformen o posean materias primas forestales; no combatan las plagas, enfermedades o incendios forestales; violen la veda forestal, y depositen residuos peligrosos en dichos lugares.

Y por último, de 150 a 30 mil días de salario a quienes realicen, provoquen quemas en terrenos agropecuarios en forma negligente que propicie la propagación a zonas forestales o cualquier actividad, uso y aprovechamiento que sean distintos a la restauración que estén dentro de los 20 años siguientes a que hayan sufrido un incendio, así como a quien se niegue a combatirlos.

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