Sedesol hace historia con licencia de paternidad

La dependencia es la primera del país en publicar un acuerdo para que empleados puedan estar con sus bebés recién nacidos.

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Rosario Robles suscribió el documento que permite a los empleados que sean padres estar con sus bebés recién nacidos al menos 10 días. (Notimex/Archivo)
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Agencias
MÉXICO, D.F.-  La Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) publicó este martes un acuerdo por el que se establece la licencia de paternidad, mediante la cual se promueve la igualdad entre mujeres y hombres, con el propósito de fomentar la cohesión social a favor de la niñez.

En un hecho sin precedente en la vida administrativa del país, la titular de la dependencia, Rosario Robles Berlanga, suscribió el documento que establece la licencia de paternidad por alumbramiento, la de adopción para padres y madres, así como la de cuidados paternos a favor de los servidores públicos de la Sedesol.

En un comunicado, señaló que de esta manera la Sedesol se convirtió en la primera dependencia del gobierno de la República en publicar un acuerdo para crear la licencia de paternidad, difundió Notimex.

Desde 2009 se dio a conocer que en el Congreso de la Unión se discutía si dar licencia o no a padres trabajadores.

Cabe recordar otro caso trascendente. El 24 de abril del año en curso la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la equidad de género se ampliara a la custodia de los hijos. 

Derechos

El documento establece que los servidores públicos tendrán derecho a que se les otorgue una licencia de paternidad con goce de sueldo, por un periodo de 10 días hábiles, contados a partir del nacimiento de sus hijas e hijos, con la posibilidad de solicitar una ampliación de la misma.

Indicó que estos permisos laborales serán efectivos para los trabajadores de base de la Sedesol, personal operativo de confianza y del servicio profesional de carrera, adscritos a las diferentes áreas de la dependencia federal, así como de sus órganos desconcentrados, como Oportunidades, Diconsa, Liconsa e Inapam.

Detalló que el artículo cuarto del acuerdo establece que los servidores públicos podrán solicitar la ampliación de licencia de paternidad en caso de enfermedad grave del hijo o hija recién nacidos, así como de complicaciones graves de salud que pongan en riesgo la vida de la madre.

En caso de parto múltiple, la licencia podrá extenderse por cinco días hábiles continuos, y si en los primeros 15 días posteriores al parto la madre falleciera, el servidor público podrá solicitar una licencia con goce de sueldo por 10 días hábiles adicionales.

Adopciones

Por otra lado, en caso de adopción de una niña o niño, el empleado disfrutará de una licencia con goce de sueldo por 40 días naturales, si la o el menor adoptado es recién nacido o tiene entre uno y seis meses de edad; si tiene entre seis y 12 meses, la licencia será por 20 días naturales.

Por otra parte, al padre que tenga la guarda y custodia de hijas e hijos menores de 12 años, decretada por juez competente, podrá otorgársele licencia con goce de sueldo por causa de enfermedad acreditada, con base en artículo sexto del acuerdo signado por la titular de la Sedesol.

La licencia de paternidad, adopción y cuidados paternos es opcional para las y los servidores públicos y se podrá solicitar solamente una vez por año.

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