La SIP ve censura en Ley de Protección de Niños y Niñas

El organismo pide a los diputados y senadores mesura en el análisis de la propuesta enviada por el presidente Peña Nieto.

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La SIP asegura que hay 'buenas intenciones' en la Ley de Protección a Niños que propone Peña Nieto, pero afirma que el documento contiene muchas ambigüedades. (Notimex)
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Agencias
MIAMI, Florida.- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) manifestó profunda preocupación a los líderes del Congreso mexicano por una ley que presentó el presidente Enrique Peña Nieto, que con la buena intención de proteger a niños y menores, pudiera ser instrumento para coartar la libertad de prensa y expresión, con el agravante de condenar a prisión a periodistas, editores y directores de medios de comunicación.

El 1 de septiembre, Peña Nieto envió al Senado “con carácter de trámite preferente”, el proyecto de Ley General para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Ello implica que la iniciativa deberá ser analizada por el Senado en los próximos 30 días del periodo ordinario de sesiones.

En una carta enviada a los presidentes de la Cámara de Diputados, Silvano Aureoles Conejo y de la Cámara de Senadores, Miguel Barbosa Huerta, el presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información de la SIP, Claudio Paolillo, pidió mesura en el análisis y posible sanción de ley “con la intención de que se preserve la libertad de expresión y el derecho del público a la información  sin cortapisas, a la luz de las garantías constitucionales y que emanan de tratados internacionales a los que México se ha comprometido respetar”.

Muchas ambiguedades

Paolillo, director del semanario Búsqueda de Uruguay, agregó que pese a las “buenas intenciones” que pueden guiar al gobierno en la preservación y cuidado de los derechos de los menores, “existe preocupación sobre las muchas ambigüedades del proyecto, a través del cual el Estado se toma la licencia para entrometerse en los contenidos de los medios, generándose un marco propicio para la censura previa”.

La preocupación de la SIP radica en la experiencia legislativa del continente, respecto a que muchas leyes de protección de menores y de horarios de protección para los niños en la TV, fueron “caballos de Troya” para incluir y justificar restricciones en contra de los contenidos periodísticos y de las políticas editoriales de los medios.

Paolillo dijo que de tenerse en cuenta que los medios no podrán perjudicar a los menores por apología del delito (Art. 82) o que no podrán dar información que “impacte negativamente a la niñez” o sea un “riesgo derivado al acceso a los medios de comunicación” (Art. 80), implicará que los medios quedarán al arbitrio de la discrecionalidad de las autoridades, que podrán sancionar y castigar al medio y al periodista por ofrecer noticias sobre hechos violentos, narcotráfico, trata de personas, violencia doméstica, alcoholismo y corrupción.

Papel educativo

Además de ambigüedades, la SIP remarca contradicciones. Entre estas, la futura ley exige a los radiodifusores abrir un espacio de comunicación para los menores (Art. 78); aunque por otro, prohíbe la violación a la intimidad de niños, niñas y adolescentes (Art. 87) sobre cualquier manejo de su imagen, nombre, datos personales sin autorización de padres, tutores o autoridades competentes.

“Es claro, además -agregó Paolillo- que el Estado piensa en el principio de subsidiariedad, pretendiendo que los medios asuman un papel educativo, una tarea que le corresponde al gobierno”.  

En la mayoría de los supuestos delitos que cometieran los medios, se establecen fuertes multas que alcanzan hasta los 600 mil dólares estadounidenses y penas de cárcel hasta de 4 años (Art. 137) para periodistas y empleados de medios, elevándose al doble cuando esos delitos se achacan a editores y directores de medios.

Además de esas sanciones civiles y penales, la reincidencia de los presuntos delitos incluiría el cierre de medios, tanto tradicionales como digitales, y el retiro de sus licencias de operación.

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