'Sobran pruebas' de la culpabilidad de Elba Esther

Asegura funcionaria de la PGR que el amparo otorgado a la exlideresa del SNTE no cambia su situación legal.

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Gordillo enfrenta un proceso por lavado de dinero y delincuencia organizada. (Archivo/Agencias)
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Agencias
MÉXICO, D.F.- La subprocuradora Jurídica y de Asuntos Internacionales de la PGR, Mariana Benítez, aseguró que cuentan con “todos los elementos” en la mano para demostrar la culpabilidad de la exlideresa del SNTE, Elba Esther Gordillo, por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.

En entrevista, la funcionaria de la PGR aseguró que presentaron ante el juez “las pruebas suficientes y sobradas” para sujetarla a proceso y durante éste proporcionaron nuevos elementos que refuerzan la contundencia la acusación.

“No solo se presentaron cuando consignamos nosotros ante el juez las pruebas suficientes y sobradas para sujetarla a proceso sino que, durante el proceso, hemos ofrecido nuevas pruebas que refuerzan la contundencia de nuestra acusación, nosotros estamos muy tranquilos por eso, tenemos la verdad todos los elementos en la mano para demostrar la culpabilidad de esta persona”, señaló.

Aseguró que el amparo otorgado por un juez federal a Gordillo no cambia su situación jurídica ni el proceso que se le sigue por los delitos de lavado de dinero y delincuencia organizada.

“Con este amparo no ha pasado nada, no cambia nada hasta este momento, no se ha dicho la última palabra, el amparo dice que el auto de formal prisión tiene defectos y que el juez tendría que subsanarlos”, puntualizó.

Además, calificó como 'aventuradas' las declaraciones del abogado Marco Antonio del Toro quien dijo que Elba podría ser puesta en libertad en tres meses.

Reiteró que son endebles y no tienen sustento jurídico los motivos del juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal, Francisco Javier Sarabia Ascencio, para conceder dicho amparo a la maestra, ya que aseguró que solo se basó en un documento “al que le da un valor que no merece y le da un contenido que no merece”.

“La sentencia analiza, por el caso de delito de lavado de dinero, un documento, ese es el único argumento que utiliza el juez, al que le da un valor que no merece y le da un contenido que no merece dado que está señalando que hay un funcionario público que contaba con facultades para presentar la denuncia a nombre de la Secretaría de Hacienda a partir en una fecha que no es.

Entonces, ese es el único argumento que analiza el juez y con eso llega a la conclusión que no se cumple el requisito de procedibilidad al que alude y en consecuencia considera que no se le puede juzgar por el delito de lavado de dinero”, explicó.

Señaló que demostrarán en el Tribunal Colegiado que los argumentos del juez no tienen sustento jurídico y que la PGR integró debidamente la averiguación previa.

Los argumentos

El caso confrontó ayer a la Procuraduría General de la República y el Poder Judicial de la Federación por el amparo concedido a la maestra y dos de sus coacusados.

Entre el amparo, el abogado, el juez y la PGR existen diversos argumentos tanto a favor y en contra del proceso contra la exlideresa del magisterio:

El amparo

El Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal del Primer Circuito, Francisco Javier Sarabia Ascencio, resolvió otorgar un amparo a Elba Esther Gordillo, José Manuel Díaz Flores e Isaías Gallardo Chávez, lo que no implica su libertad inmediata.

Al juicio de amparo indirecto 354/2013-3 y sus acumulados 367/2013-5 y 368/2013-1, promovidos “en contra del auto de formal prisión que se decretó en contra de ella y sus coacusados por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y delincuencia organizada”, explicó en entrevista el abogado Marco Antonio del Toro Carazo.

La defensa 

Los argumentos que alega el abogado de Elba Esther Gordillo son que ninguno de los delitos fueron cometidos por los imputados, no fueron plenamente integrados en la averiguación previa.

El juez

Éste argumenta que es indebida la fundamentación y motivación del auto de formal prisión por los delitos de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y Violación a la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada. Esto es:

  • El auto de formal prisión contra los coacusados carecía de los requisitos de forma.
  • Había imprecisiones en cuanto a las características para integrar el ilícito.
  • Faltaba precisión de lugar, tiempo y modo de ejecución de la conducta delictiva.

En el caso del delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita argumenta que hubo una “deficiencia técnica” en la integración de la averiguación previa:

  • Era necesario que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público presentara la denuncia por ese delito. Sin embargo, la constancia laboral del funcionario público que lo hizo está fechada el 14 de febrero de 2013, un día después de que se presentó ésta.

La PGR

La Procuraduría General de la República anunció que impugnará el amparo otorgado a la exlideresa del SNTE, ante el argumento de que:

  • El juez de amparo no establece la inexistencia del delito.

En cuanto al delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:

  • Si bien la constancia laboral del funcionario de la SHCP tiene fecha del 14 de febrero, en ella se establece claramente que su fecha de ingreso fue el día 1 del mismo mes.
  • “Sería tanto como decir que (…) el nacimiento de una persona se dio a partir de la fecha de la expedición de la certificación y no a partir de la fecha de nacimiento”.

(Con información de Milenio)

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