Critican aprobación de la ley ‘Televisa-Döring’

Organizaciones no gubernamentales indican que atenta contra los derechos de las audiencias.

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Ayer se aprobó la llamada 'Ley Televisa-Dörgin' que, entre otras cosas, deja a criterio de las televisoras indicar a la audiencia la diferencia entre publicidad y noticias. (Sin Embargo)
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Agencia
Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, con el que las empresas se blindan de ser sancionadas por violar los derechos de las audiencias. Ahora está en manos del Senado si es avalada,

La reforma fue bautizada por grupos civiles opositores como la #LeyDoring-Anaya-Televisa, y fue impulsada por el Diputado Federico Döring del Partido Acción Nacional, informa el portal web Sin Embargo.

El dictamen, aprobado con 288 votos a favor, 114 en contra y 18 abstenciones, será turnado a la Cámara de Senadores para su análisis y eventual ratificación.

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La reforma aprobada en San Lázaro elimina el derecho de las audiencias y la obligación de los concesionarios a diferenciar claramente entre “información” y “opinión” de los conductores de radio o televisión.

Sólo indica en su artículo 256, fracción IV, que “los concesionarios se abstengan de transmitir publicidad o propaganda presentada como información periodística o noticiosa”.

Los defensores de las audiencias serán determinados por la misma radiodifusora, y su actuación se sujetará, exclusivamente, al código de ética del concesionario, y “únicamente rendirá cuentas a la audiencia”, de acuerdo con el artículo 259.

Además deja en manos de los propios empresarios de radio y televisión su autorregulación y elimina la obligación de que los códigos de ética se ajusten a los lineamientos del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El IFT ya no podrá multar a los defensores de las audiencias por no cumplir con los lineamientos del Instituto sobre sus obligaciones mínimas, y sólo los podrá sancionar cuando no cumplan las obligaciones establecidas en la Ley, pues se elimina la fracción II del inciso C, del precepto 311.

Asimismo se reformó a la fracción LXI del artículo 15 para estipular que el IFT no tendrá la facultad de ordenar la suspensión precautoria de las transmisiones de programas noticiosos que violen las normas relacionadas con la protección del público infantil, en materia de salud, publicidad y valores estipulados en el artículo 3 de la Constitución Política.

Esto es lo que causa malestar

Pocas horas antes de que se discutieran las modificaciones a la Ley, organizaciones de la sociedad civil alertaron: el dictamen es un retroceso y beneficiará solamente a los intereses de los concesionarios de radio y televisión y a los partido Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM)y PAN, frente a los próximos procesos electorales.

En conferencia de prensa, Aleida Calleja miembro del consejo consultivo de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), señaló que el dictamen, que fue aprobado “en lo oscurito”, tenía graves retrocesos porque cancela lo reconocido en la ley de 2014 sobre los derechos informativos y la protección de las audiencias.

El académico Gabriel Sosa Plata explicó que se eliminarían los elementos que distinguen la publicidad de la información. Este es uno de los elementos que más preocupaban.

“Por ejemplo, cuando es una entrevista pagada, por respeto a la audiencia se le tiene que avisar que lo es"

“Por ejemplo, cuando es una entrevista pagada, por respeto a la audiencia se le tiene que avisar que lo es y es algo frecuente en radio y televisión, son entrevistas a funcionarios y políticos y son producto de una transacción comercial. Sucede lo mismo con los productos milagro”, comentó.

Este derecho de las audiencias se busca dejar en la autorregulación de los concesionarios y en su código de ética; serán los propios concesionarios los que creen sus medidas y por lo tanto, no habrá sanciones, explicó Sosa Plata. Esto finalmente ocurrió.

Uno de los artículos reformados fue el 256, en él uno de los conceptos que se modificaron fue el de “pluralidad”, mismo que elimina la obligación de las concesionarias a realizar transmisiones donde se difundan contenidos que tengan que ver con los derechos de los miembros de las culturas originarias.

Afectación a comunidades indígenas

Sobre la afectación a las comunidades indígenas, Erick Huerta representante de Redes por la Equidad y la Diversidad, expresó que la reforma mutilaría la obligación de presentar la diversidad de lenguas y costumbres.

Hay dos derechos como el de contar y crear sus propios medios de comunicación, pero otro es el de estar en medios no indígenas.

“Ese es un derecho a las audiencias a un contenido plural en un país que agrupa a más de 250 lenguas indígenas”, sostuvo.

Calleja Gutiérrez expresó que la Ley Televisa-Doring, “es una regresión autoritaria y tiene que ver con quitarle facultades a un órgano regulador autónomo. Le quita la tutela de las audiencias para darlas al Ejecutivo. Será su facultad regular contenidos de manera discrecional y acorde a sus intereses”, comentó.

Además, “es así, rápida y en lo oscurito, como la Ley Televisa de 2006”, dijo Calleja, quien precisó que la autorregulación no ha funcionado en este país.

“Es una falacia que el dictamen sea para defender la libertad de expresión cuando solo respeta la libertad de empresa”.

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