Retiran candidatura a 2 aspirantes a diputados en Oaxaca

La coalición PRI-PVEM reemplazó a su postulante por el distrito de Tlacolula, Francisco Maldonado por Sofía Castro Ríos.

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Le retiran la candidatura a Francisco Maldonado como diputado local por el distrito de Tlacolula de Matamoros. (Facebook Francisco Ángel Maldonado)
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Óscar Rodríguez/Milenio
OAXACA, Oaxaca.- Por violentar el principio de equidad de género y de competitividad electoral, el pleno de la sala regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió una sentencia inapelable para bajar a un candidato a diputado de la alianza PRI-PVEM y a otro de la coalición PAN-PRD.

De inmediato, el equipo legal de los priistas respondió a la resolución y suplió al candidato a diputado local por el distrito de Tlacolula de Matamoros, Francisco Maldonado, por Sofía Castro Ríos, quien fue registrada ante el órgano electoral local.

El órgano jurisdiccional determinó que hasta no cumplir con la sentencia, los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa en los 25 distritos deben abstenerse de hacer campañas. La coalición PAN-PRD es la más afectada, porque no tiene candidatos para las sustituciones.

El magistrado Enrique Figueroa Ávila explicó que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca no ajustó el análisis de las propuestas de registro de candidatos presentadas por los partidos y coaliciones a los bloques de competitividad que previamente se habían definido.

Detalló que en su lugar se aprobaron los registros tomando como base una clasificación distinta de los distritos electorales, lo cual implica que realizó una modificación a los bloques de competitividad que habían sido aprobados e informados a los partidos para que presentaran sus registros observando el principio de paridad de género.

Para los magistrados de la Sala Xalapa, dicha modificación "resulta ilegal en razón de que no se sustentó en datos o elementos objetivos que llevaran a concluir que, en efecto, correspondía hacer los ajustes pertinentes y reclasificar los distritos conforme a los resultados que los partidos políticos habían obtenido en la más reciente elección".

Por esta razón, el TEPJF revocó el acuerdo del IEEPCO-CG-57-2016, en el que aprobó de manera supletoria las postulaciones de los candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa de los partidos y coaliciones.

En su demanda, el PT adujo que la coalición PAN-PRD y la alianza PRI–PVEM no garantizaban la paridad en la postulación de candidaturas al no respetar el acuerdo IEEPCO-CG-44-2016, en el que se determinó que en los distritos en los que contenderían las coaliciones y partidos se formarían dos bloques de competitividad.

El primero se integraría con los distritos por medio de los cuales existe más oportunidad para ganar en el actual proceso electoral, y en el segundo estarían los distritos con menor posibilidad de que el candidato venza, a fin de garantizar a las mujeres la posibilidad real de ganar. 

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