El delito electoral no es considerado una 'acción grave'

En 5 procesos de votaciones se promovieron 313 denuncias por ilícitos en la materia en contra de más de mil 500 personas, todos están libres.

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El vicefiscal especializado en Delitos Electorales, Júnior Arellano Santana, asegura que Yucatán es uno de los estados del país con menores problemas de tipo electoral. Imagen de una mujer al momento de votar en las pasadas elecciones. (Milenio Novedades)
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Israel Cárdenas/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- En los últimos cinco procesos de votaciones en Yucatán se promovieron 313 denuncias por ilícitos en la materia en contra de más de mil 500 personas que están en libertad, dado que los delitos electorales no son considerados graves. A la fecha quedan abiertos dos expedientes, los cuales están por turnarse a un juez penal.

Con base en reportes de la Vicefiscalía Especializada en Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado, en el proceso local de 2007, cuando se renovó la gubernatura, presidencias municipales y diputaciones locales se presentaron 51 denuncias; en el proceso federal de 2009, cuando se eligieron diputados federales, se registraron 13 querellas.

Para el proceso comicial local de 2010, por el que se renovaron diputados locales y alcaldes se registraron 72 denuncias; para el proceso de 2012, cuando se renovó la gubernatura, presidencia de la República, diputados federales y locales, senadores y alcaldes se presentaron 84 querellas, mientras que en el más reciente, en 2015, en el que se eligieron diputados locales y presidentes municipales se promovieron 93 denuncias; en total, durante los últimos cinco procesos electivos se documentaron 313 denuncias en contra de más de mil 500 personas.

Al respecto, el vicefiscal especializado en Delitos Electorales, Júnior Arellano Santana, explicó que no hay detenidos porque los delitos electorales no son considerados graves; asimismo, que la mayoría de los ilícitos denunciados son relativos a falsificación de credenciales para votar, turismo electoral y daño a propiedades de autoridades electorales.

“Hubo detenidos, pero en lo que respecta a los delitos de carácter electoral no son considerados graves, y por eso las personas obtuvieron su libertad y los procesos han llegado a conmutar sus sanciones, porque no eran consideradas graves”, detalló.

Agregó que en este momento las únicas carpetas de investigación abiertas son las relativas a las denuncias por destrucción de material e instalaciones electorales en Mama y Yaxcabá, registrados luego de la jornada del 7 de junio de 2015; de lo que se informa en nota aparte.

Arellano Santana dijo que con este escenario Yucatán es uno de los estados del país con menores problemas de tipo electoral y que ese asunto fue abordado hace unas semanas durante la reunión nacional de vicefiscales electorales en la Ciudad de México.

Expuso que de 2007 a 2015 se tiene que tomar en cuenta que la población ha crecido y las reformas en materia electoral se incrementaron.

Dijo que con base en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, la sanción máxima para quien cometa un delito electoral es de 22.5 años de prisión para quien realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido, coalición o agrupación política.

Lo anterior, cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley, y cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña y campaña electoral.

Nueva redistritación

La Vicefiscalía Especializada en Delitos Electorales informó que ya tienen conocimiento de la nueva redistritación en materia electoral que el Instituto Nacional Electoral (INE) llevará a cabo en Yucatán, y que participarán en este proyecto con capacitación en materia electoral.

La instancia investigadora agregó que con base en la ley electoral, el único delito en la materia que no es de su competencia es la falsificación de credenciales de elector, cuyos expedientes son turnados a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) que depende de la Procuraduría General de la República.

La Vicefiscalía local ejemplificó que entre las 313 denuncias figura una interpuesta en 2015 en contra de 260 personas por el delito de turismo electoral.

Sanciones por ley

Un total de 16 de los 26 artículos de la Ley General en Materia de Delitos Electorales -publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014- hacen referencia a sanciones por delitos en la materia. A continuación se muestran los principales:

Artículo 5

Tratándose de servidores públicos que cometan cualquiera de los delitos en materia electoral, se les impondrá, además de la sanción correspondiente en el tipo penal de que se trate, la inhabilitación para ocupar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal, local, municipal o de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, de dos a seis años y, en su caso, la destitución del cargo.

Artículo 13

Se impondrá de sesenta a doscientos días multa y prisión de tres a siete años, a quien por cualquier medio altere o participe en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores o participe en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía.

Asimismo, para quien altere, falsifique, destruya, posea, use, adquiera, comercialice, suministre o transmita de manera ilegal, archivos o datos de cualquier naturaleza, relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores.

Artículo 14 

Se impondrá prisión de dos a nueve años, al precandidato, candidato, funcionario partidista o a los organizadores de actos de campaña que aproveche fondos, bienes o servicios en los términos de la fracción III del artículo 11 de esta Ley.

Artículo 15

Se impondrá de mil a cinco mil días multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice, destine, utilice o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.

La pena prevista en el párrafo anterior se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electoral.

Artículo 19

Se impondrá de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien durante el procedimiento de consulta popular: haga proselitismo o presione objetivamente a los electores el día de la jornada de consulta popular, en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo. Asimismo, solicite votos por paga, promesa de dinero u otra recompensa para emitir su voto o abstenerse de emitirlo en la consulta popular, durante el procedimiento de consulta popular.

Fuente:  Ley General en Materia de Delitos Electorales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2014.

Entra justicia oral para resolver casos sobre votaciones

Por otro lado, por primera ocasión en Yucatán un delito del orden electoral será juzgado bajo el reciente sistema de justicia oral, luego de que la Vicefiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales obtuvo los elementos suficientes para solicitar a un juez que dicte sentencia en contra de 52 personas denunciadas por destrucción de material electoral.

Los hechos ocurrieron luego de la jornada electoral del 7 de junio, durante la sesión de escrutinio y cómputo celebrada en los municipios de Mama y Yaxcabá, donde decenas de personas irrumpieron y ocasionaron destrozos en las instalaciones de ambos consejos municipales electorales y en algunos bienes muebles propiedad del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (Iepac).

La Vicefiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales de la Fiscalía General del Estado informó que ha entablado diálogo con el Juzgado Quinto de Distrito Judicial para solicitar una audiencia de imputación, con base en la Ley General en Materia de Delitos Electorales, aprobada a nivel federal en 2014.

La instancia investigadora precisó que el juez determinará una fecha para que las 52 personas denunciadas comparezcan ante esta figura acompañados por sus defensores para hacer la formulación de imputaciones.

A su vez, las personas señaladas manifestarán lo que a su derecho les corresponda, posteriormente se llevará a cabo la solicitud de vinculación a proceso y empezará el juicio oral.

La Vicefiscalía Especializada en Delitos Electoral aclaró para en estos casos no aplican los medios alternativos de solución de controversias, ya que se trata de la materia de delitos electorales, y asimismo, que dichos ilícitos afectan directamente a los intereses de la sociedad.

La dependencia estatal también informó que se ha tomado la decisión de turnar las carpetas de investigación a un juez, luego de integrar los elementos suficientes para sustentar la constitución de delitos relativos a la destrucción de boletas y vehículos propiedad del mencionado organismo electoral.

Gobiernos tricolores

  • Actualmente, tanto Mama como Yaxcabá son gobernados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), en el primero de éstos, el alcalde es Sergio Arturo González Poot.
  • El presidente municipal de Yaxcabá es Sansón Israel Palma Santos, quien gobierna el municipio por tercera ocasión en los últimos 16 años.

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