Amplían exención de la tenencia al 30 de abril

Benefician a modelos del año pasado cuyo valor no exceda de 305 mil 627 pesos; buscan regularizar a contribuyentes.

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Contribuyentes que acudieron a pagar se enteraron de la medida. (José Acosta/SIPSE)
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Ana Hernández/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- El Gobierno del estado anunció beneficios en el pago de la tenencia correspondiente al 2012, los cuales pueden llevar a la condonación del gravamen hasta en un 100 por ciento.

El titular de la Dirección de la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán, Carlos Pasos Novelo, indicó que este apoyo es para lo que no cumplieron con el pago del gravamen en 2012 y busca regularizar a los contribuyentes.

Informó que, de acuerdo con el Decreto 46, se condona el 100 por ciento del pago de la tenencia vehicular causado durante el ejercicio fiscal del año pasado a dueños de vehículos con un monto de hasta 305 mil 627 pesos.

Sin embargo, precisó que para gozar de este beneficio, los contribuyentes deberán haber cumplido y estar al día en el pago de impuestos administrativos al Estado, así como haber pagado la tenencia en años anteriores al 2012.

Indicó que los propietarios de vehículos que cumplan con estos requisitos podrán solicitar la exención total del pago hasta el 30 de abril de este año

Señaló que son aproximadamente 20 mil propietarios de automóviles los que pueden hacer efectiva la condonación.

Con esta medida, el Gobierno estatal amplía a 55 días la posibilidad de obtener la exención del 100 por ciento en el pago de la Tenencia o solicitar la devolución realizada de ese gravamen en los modelos del año pasado.

Los interesados en obtener la condonación deben cumplir los siguientes requisitos: comprobar la propiedad del vehículo por el que se generó el impuesto y presentar original y copia de la factura de la unidad, o carta factura si aún se está pagando el automóvil; original y copia de la credencia de elector expedida por el IFE, licencia para conducir vigente, cedula profesional, cartilla liberada del Servicio Militar Nacional o pasaporte vigente, incluso la credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).

Si la persona que realiza el trámite no es el propietario del vehículo, además deberá entregar una carta poder en original y copia, otorgada por el propietario del vehículo y cualquiera de los documentos de identificación arriba señalados; estas disposiciones son establecidas por la Agencia de Administración Fiscal.

De inmediato

  • El Decreto fue firmado por el gobernador Rolando Zapata Bello el 1 de marzo y se publicó ayer en el Diario Oficial del Estado, y entró en vigor de inmediato.
  • También establece que la condonación no se aplica al pago de ese gravamen de años anteriores.

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