Dan 3 días para responder los correos del SAT

Quienes hagan caso omiso a los mensajes del buzón tributario serán sujetos a las sanciones previstas por la ley.

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Leticia Jeannet Martínez Medina, administradora del SAT Yucatán, durante una plática a contribuyentes en las oficinas de la dependencia. (Milenio Novedades)
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Jaime Tetzpa/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- Todos los contribuyentes, personas físicas y morales, tendrán un plazo máximo de tres días para contestar los correos que les envíe el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir del 1 de enero de 2015.

En caso contrario, serán sujetos a las sanciones previstas por la ley con base en el código Fiscal de la Federación, informó Leticia Jeannet Martínez Medina, administradora local del SAT en Yucatán, al impartir un curso a empresarios sobre el buzón tributario y la contabilidad electrónica.  

La funcionaria explicó que el buzón tributario es un sistema de comunicación electrónico entre las autoridades fiscales y los contribuyentes (personas físicas y morales), ubicado en la página del SAT dentro de la opción trámites. 

Para ingresar al buzón, dijo, se debe entrar a la página del SAT (www.sat.gob.mx), dar clic en la opción trámites y seleccionar la opción buzón tributario, que se muestra en el menú izquierdo.

Cualquier persona que cuente con RFC puede utilizar el buzón tributario, donde podrá verificar la información que recibe, enviar información o consultar su situación fiscal. 

Agregó que para ingresar necesita su RFC y contraseña o firma electrónica y cuando envíe información que deba aprobar, deberá utilizar su firma electrónica, por lo que es necesario que registre su correo electrónico para que reciba los mensajes que le avisarán cuando tenga información en el buzón. 

Añadió que el buzón tributario facilita la comunicación con las autoridades fiscales al tener un punto de contacto único con ellas, estandariza el proceso y ayuda a que la información enviada sea correcta.

Explicó que la primera vez que se envíe un correo del SAT al contribuyente se le pedirá verificar que lo recibió para que la base de datos esté actualizada. 

El horario del envío de correos serán de las 9:30 de la mañana a 18:00 horas y surtirán efecto a partir de las 9:30 horas del día hábil siguiente. 

Si el correo llega en fin de semana, será a partir del lunes siguiente, a primera hora, cuando comience a correr el tiempo de vigencia del mensaje. 

Notificaciones
  • Se debe registrar un correo electrónico vigente o máximo cinco, para que el contribuyente tenga la certeza de recibir las notificaciones de la autoridad.  

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