Capacitarán a contadores sobre nueva ley contra lavado de dinero

Analizarán a fondo el reglamento de esa norma con el fin de ofrecer conferencias para dar a conocer las actividades que pueden resultar sospechosas.

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La nueva legislación define como actividades vulnerables a las operaciones realizadas por casinos, constructoras, bienes raíces, tiendas departamentales, etc. (Archivo SIPSE)
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Jaime Tetzpa/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- El Colegio de Contadores Públicos del Estado de Yucatán, que preside Laura Cervera Urtiaga, iniciará esta semana el análisis del Reglamento de la Ley contra el Lavado de Dinero, para ofrecer a sus socios y público en general una serie de conferencias a fin de que conozcan las actividades económicas que pudieran resultar sospechosas y que deben ser reportadas ante las autoridades.

La representante de los contadores destacó que el contenido del reglamento entrará en vigor el 31 de octubre, por lo que habrá tiempo para familiarizarse con la legislación y tener mayor conocimiento sobre las actividades económicas consideradas como vulnerables.  

Recordó que el Reglamento de esa ley ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, por lo que el comercio en general deberá tener cuidado con las operaciones que realicen cuando sean en efectivo y rebasen los montos establecidos.  

Subrayó que en las actividades vulnerables existe la obligación de corroborar la identidad de  los clientes y solicitar información sobre sus fuentes de ingresos y ocupación, datos que deben guardar por un periodo mínimo de cinco años. 

Aclaró que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Sistema de Administración Tributaria (SAT), tienen la facultad de solicitar en cualquier momento información sobre las personas que hayan realizado cualquier negocio por montos superiores a los establecidos por la nueva ley. 

Si las autoridades solicitan información sobre alguna persona, se tendrá que entregar en un plazo máximo a los 10 días hábiles después del requerimiento.

Aclaró que la nueva legislación define como actividades vulnerables a las operaciones realizadas por casinos, constructoras, bienes raíces, tiendas departamentales, despachos jurídicos y contables.

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