Multas dejan de 'costar' salarios mínimos

Decreto modifica el pago de derechos y sanciones a partir del primero de enero.

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El decreto que entra en vigor el primero de enero de 2017 cambian 53 leyes estatales en materia de desindexación del salario mínimo. (Imagen ilustrativa/ SIPSE)
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Ana Hernández/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yucatán.- A través del Decreto 428/2016 que entra en vigor el primero de enero de 2017, se modificaron 53 leyes estatales en materia de desindexación del salario mínimo, con lo cual se clarifica que el pago de derechos y sanciones estatales se realizará con base en la Unidad de Medida y Actualización, que es menor al salario mínimo y que antes regía estos deberes. 

La Unidad de Medida y Actualización (UMA) que se maneja es de 73.04 pesos y el salario mínimo general que entrará en vigor en 2017 será 80.04 pesos diarios.

Se trata de normas que consideran los pagos que se deberán realizar a través del Código de Procedimientos Civiles de Yucatán, desde las actuaciones judiciales y escritos que presenten las partes, incumplimiento en notificaciones y citaciones, incluso a los peritos que dejen de concurrir.

El Artículo 346 señala que si transcurriese el término legal sin dictarse sentencia, los jueces y magistrados incurrirán de plano en una multa de una a treinta unidades de medida y actualización y pagarán daños y perjuicios.

Las modificaciones en estos pagos también se reflejarán en la Ley Ganadera del Estado de Yucatán, incluyendo la introducción de animales por vía aérea, marítima o terrestre. 

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