Cese

Hace mucho, una persona a quien aprecio me dio una lección.

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Hace mucho, una persona a quien aprecio me dio una lección. Él presidía una organización de la sociedad civil, y se había descubierto que el tesorero había cometido actos deshonestos en el desempeño de su encargo. Ante la evidencia, esa persona ofreció que presentaría al presidente su renuncia; sin embargo, como se acercaba la fecha de una asamblea de socios, que de hecho es la máxima autoridad en una organización de este tipo y no el presidente, se acordó incluir la presentación de la renuncia del tesorero en el orden del día de la asamblea.

Cuando en la asamblea se presentó el caso, el presidente propuso que no fuera aceptada dicha renuncia, y que en cambio fuera cesado inmediatamente de sus funciones el tesorero. El asunto se sometió a votación, y todas las manos de los presentes se levantaron de manera unánime para aprobar la propuesta.

Y es que es cierto: quien renuncia a un encargo puede hacerlo porque ya no encuentra satisfacción en lo que hace, se le ha propuesto asumir otra responsabilidad en la que o tendrá una mejor remuneración o se encontrará más a gusto o porque una enfermedad u otra causa le impiden continuar ejerciendo la encomienda; pero quien traiciona la confianza de un grupo de personas, o los intereses de la institución para la que labora, o comete actos contrarios a la ética en el ejercicio de sus funciones, debe ser cesado de ese encargo y así debe hacerse constar, no como una venganza, no como un medio para denigrar a la persona, sino como el reconocimiento explícito de que ese es el acto normativo que es correcto y es aplicable para dicho caso.

El pasado jueves, el periodista Martiniano Alcocer Álvarez presentó una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán en contra del director general del Instituto de Historia y Museos de Yucatán, por la comisión de actos que presuntamente serían violatorios de los derechos humanos de un grupo de personas, que fueron reunidas por el citado director para tratar asuntos de índole laboral y propios de la institución donde laboran, pero que, en opinión de Martiniano, eran tratadas de manera prepotente, inhumana e indigna, aprovechando indebidamente su condición ventajosa de autoridad que el puesto de director general le confiere. Adicionalmente, al expresar su inconformidad y desacuerdo con tales hechos, sufrió él mismo una agresión verbal, física y psicológica, derivada de haber hecho uso de su libertad, consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de expresar su opinión. Libertad que no utilizan los demás afectados, por el temor que infunde el director general con su actitud déspota y grosera.

De hallarlo responsable la Codhey, lo aplicable y normativamente correcto es que su superior jerárquico lo cese de sus funciones.

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