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El mobbing y el bullying son parientes, ambos son discriminatorios y dañinos. La diferencia es que el primero ocurre en el ámbito laboral y el segundo en el escolar.

El mobbing es conocido en términos jurídicos como acoso laboral. Para que nuestros queridos lectores puedan entender la gravedad de esta forma de agresión, voy a exponer brevemente la odisea de vida de la joven María (nombre ficticio, por obvias razones).

Desde su ingreso a un centro educativo de presencia nacional, ha sufrido acoso laboral ininterrumpido de parte dos empleados; ella se ha quejado en todas las instancias administrativas de su centro de trabajo y nadie ha logrado frenar a los acosadores, ni aun la demanda judicial interpuesta recientemente en la Fiscalía del Estado ha sido muro para detener las agresiones verbales a las que se encuentra sometida.

El objetivo de los acosadores de María es de intimidarla, amedrentarla y consumirla emocionalmente para que renuncie al trabajo que desempeña, al que, según los acosadores, ellos tenían derechos creados para su desempeño.

Además este tipo de agresiones se ha dado de manera sistemática, no ha existido un solo día que le den tregua. En conclusión: existe una víctima pasiva y unos agresores activos. Elementos más que suficientes para tipificar el delito señalado.

Al igual que el de María, son miles los casos en que trabajadores sufren este tipo de vejaciones. No existe mejor defensa que denunciar y tener todas las pruebas posibles que son requeridas por ley para proceder judicialmente contra esta forma grotesca de discriminación y daño emocional.

La denuncia de este delito se puede realizar por la vía laboral, civil, administrativa o penal.
Especialistas en el ramo afirman que el fenómeno de mobbing no ha sido estudiado a profundidad, a pesar de su existencia en centros de trabajo diversos; hay que considerar que un trabajador pasa la tercera parte de su vida en su centro laboral, por lo que la existencia del acoso laboral dejará enormes secuelas postraumáticas en quienes son víctimas de este delito.

Casi epilogo: el centro laboral de María ya tiene conocimiento de su demanda judicial, los agentes investigadores hacen su trabajo. La agraviada ha sido separada de su puesto y se encuentra a disposición de sus directivos. Hasta el momento de escribir esta nota, la susodicha se encuentra hospitalizada por daño emocional. Los ejecutores del mobbing están de plácemes, ya están cerca del objetivo.

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