Contra el mal... la PyME atómica

Viene a mi mente la forma en la que nos podemos ayudar algunos empresarios para proteger nuestro patrimonio y no salir lesionados en el campo de batalla laboral.

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Recordando la famosa frase de una de mis caricaturas favoritas de cuando era niño: La hormiga atómica, me permito parafrasearla para poder adecuarla a uno de los grandes males que nos aquejan en las PyMES: la falta de contratos que nos permitan estar blindados contra los errores humanos y/o la falta de consideración y ética profesional de la que nadie se salva.

Por esta razón, viene a mi mente la forma en la que nos podemos ayudar algunos empresarios para proteger nuestro patrimonio y no salir lesionados en el campo de batalla laboral. Considero primordiales estos cinco contratos que no debes dejar de hacer bajo ninguna circunstancia:

1.- Contrato individual de trabajo.- Cada persona firmará uno mientras labore en tu empresa. No dejes nada al aire: horarios, actividades, responsabilidades. Sé claro, transparente y directo. Léelo con él para que le quede claro cuáles son sus funciones.

2.- Contrato de acuerdo de confidencialidad.- Cada persona debe hacerse responsable de la información que maneja. Además, debes proteger tus procesos y procedimientos que tanto trabajo te costó hacer. Incluso el “know how” en tu empresa tiene valor.

3.- Contrato de prestación de servicios.- Si proporcionas servicios te aplica detallar qué incluye tu servicio y hasta qué alcance tiene. Mientras más claro seas, menos problemas tendrás. Para los que comercializan productos aplicaría el contrato de compra/venta surtiendo el mismo efecto. 

4.- Contrato en comodato.- Aprovecha los beneficios que la ley otorga para disponer de los bienes muebles o inmuebles que le das a tu empresa y no se encuentran a su nombre. Al realizar este tipo de contratos, logras hacer deducibles los gastos o inversiones que realices en ellos.

5.- Contrato de reconocimiento de deuda.- Este contrato se refiere a la formalización del dinero que le inyectas a tu empresa, pero no logras capitalizar. Por lo tanto, se te devolverá. Cabe mencionar que también te protege contra alguna revisión del SAT y así evitas presunción de ingresos.

Te comento que, si rentas, comisionas o das prestaciones, también les compete su contrato respectivo. Pero los que te acabo de mencionar son extremadamente importantes para que logres tanto beneficios en tu empresa como protección a tu patrimonio.

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