Cuál es la función de un diputado local

La gran mayoría de la gente desconoce la verdadera función de un diputado local (y federal), y es común que se le atribuyan responsabilidades propias de un presidente municipal...

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La gran mayoría de la gente desconoce la verdadera función de un diputado local (y federal), y es común que se le atribuyan responsabilidades propias de un presidente municipal, gobernador, y hasta la de un presidente de la República. Es común ver a mucha gente en la sede del Congreso del Estado de Quintana Roo en Chetumal, solicitando apoyos a los diputados de su distrito para la compra de medicina, viajes, despensas, útiles escolares, y un sinfín de cosas que, a mi parecer, no debería darse; sin embargo, existe una partida destinada para esos menesteres.

Los diputados tienen muchas atribuciones para cumplir con sus obligaciones y responsabilidades como legisladores. No es tarea de ellos pavonearse en eventos sociales o políticos que no son meramente su responsabilidad, pero ya es costumbre, en nuestro Estado, que pierdan de vista ese detalle y se les vea hasta cortando listones por la entrega de obras públicas. Los diputados deben recordar que son uno de los tres poderes: el Legislativo.

La Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Quintana Roo, en su título séptimo, de los artículos 64 al 70, habla sobre sus atribuciones. El artículo 64 establece que ellos son representantes del pueblo quintanarroense con la misma calidad de derechos y obligaciones que éste; y tratándose de un empleo más, por el desempeño de sus funciones, recibirán una remuneración adecuada e irrenunciable. Debe quedar claro que los diputados no le hacen un favor al pueblo por el desempeño de sus funciones, sino más bien, se deben al pueblo. A un diputado se le debe exigir, no vanagloriarlo.

Por otro lado, el artículo 66 claramente establece la función de un diputado: Es prerrogativa de los diputados ejercer cabalmente las atribuciones de su representación ante la Legislatura, avocándose al estudio, análisis, debate y votación de iniciativas de leyes y decretos que beneficien a la población que representan y promover aquellas que lleven el mismo fin. Además, el artículo 67 establece que: Los diputados tienen la facultad de gestoría en apoyo a las demandas de los habitantes del Estado y especialmente de los de su respectivo distrito. En ejercicio de esta facultad, los diputados procurarán la atención de los asuntos de carácter social prioritario de los sectores desprotegidos, observando los principios de equidad, justicia y correcta aplicación de las leyes.

El artículo 71 de la misma ley, en su apartado IV, establece que los diputados deben visitar periódicamente su distrito, y además, informar sobre sus labores legislativas y de gestión anualmente, ya sea en actos públicos o por medios de comunicación idóneos. Los actos públicos para la rendición de informes anuales de un diputado jamás deben ser motivo de derroche de dinero, deben ser actos solemnes, no una verbena popular.

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