Obtienen pequeños contribuyentes prórroga para declarar

Los inscritos al RIF podrán presentar sus movimientos bimestrales del 2014 hasta enero; cambios a la resolución de la miscelánea.

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El titular de la Prodecon, Marco Antonio Ponce Hernández indicó que la prorroga se debe a cambios a la Resolución de la Miscelánea Fiscal. (Christian Ayala/SIPSE)
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Jaime Tetzpa/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- “De acuerdo con la modificación de la miscelánea fiscal, publicada en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), los contribuyentes suscritos al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) podrán presentar sus declaraciones bimestrales del 2014 hasta enero del 2015 sin temor a perder sus beneficios ni ser trasladados al régimen general”, informó el delegado de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), Marco Antonio Ponce Hernández. 

Esto se deriva de los cambios realizados el pasado martes a la Resolución de la Miscelánea Fiscal, en la que se señala que la obligación de declarar acciones del primer bimestre de 2014 tendría que ser durante el pasado mes de julio, mientras que el segundo y tercer trimestre se podría presentar más tardar en agosto.

Tras estas decisiones, explicó, el quinto y sexto se podrán mostrar en tiempo y forma, pero es opcional para los contribuyentes, ya que tienen hasta enero del 2015.

Como informó oportunamente MILENIO NOVEDADES, el SAT hizo público que en caso de no presentar dos declaraciones consecutivas o cinco declaraciones durante un máximo de seis años, de manera aislada, se perderían los beneficios que ofrece el Régimen de Incorporación Fiscal.

Por otra parte, el delegado de la Prodecon señaló que de enero a la fecha han ofrecido mil 246 atenciones a los contribuyentes, de las cuales 248 fueron quejas y 246 juicios contra alguna autoridad recaudadora de impuestos federales o estatales. Además, promovieron 19 acuerdos conclusivos, de los cuales uno ya fue resuelto. 

Entre las quejas más recurrentes destacaron la devolución de IVA cuando se tiene saldo a favor; orientación general sobre cuándo deben presentar sus declaraciones y cuáles son sus obligaciones fiscales y sobre cómo elaborar la facturación fiscal, en dónde y si debe ser semanal, quincenal o mensual. 

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