Sicarios vinieron a matar al restaurantero por 'cuentas pendientes'

Defensa de los acusados trató de desvirtuar los datos de prueba aportados por la FGE.

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El Güero fue asesinado en su establecimiento en Chicxulub Puerto, el domingo 23 de septiembre pasado. (SIPSE)
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Luis Fuente/Milenio Novedades
PROGRESO.- A pesar de que la defensa trató de desvirtuar los datos de prueba aportados por los fiscales en contra de los cuatro sicarios, el juez de control de Progreso señaló que hay suficientes elementos para presumir su participación en el asesinato del restaurantero Humberto Franco Hernández (a) “El Güero” en su establecimiento en Chicxulub Puerto, ocurrido el domingo 23 de septiembre pasado.

Por ello, el juez Santos Alfredo Tinal May los vinculó a proceso por el delito de homicidio calificado cometido en pandilla, ilícito por el que podrían alcanzar hasta 40 años de prisión, más una mitad por la agravante de asociación para cometer el ilícito.

También se estableció que los acusados, quienes radican en Playa del Carmen viajaron a Yucatán solo para asesinar a Humberto Franco Hernández, quien en ese polo turístico de Quintana Roo se desempeñaba como taxista y huyó para radicar desde hace cinco meses en el mencionado puerto yucateco porque, supuestamente, habría dejado “cuentas pendientes” con el crimen organizado en el vecino estado.

En la audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Progreso, el juez consideró que los cuatro acusados tuvieron un rol específico para cometer el asesinato, pues mientras los acusados J. A. R. C. y W. H. S. fueron los que dispararon en contra de la víctima, C.A.M.A. y C.M.C.D. se encargaron de prestar los medios para la pronta huída del lugar, ya que el primero manejaba la camioneta Nissan X’Trail y la fémina abrió la puerta trasera para que los ejecutores abordaran rápidamente el vehículo y huyeran.

Los acusados nombraron a un nuevo defensor particular, ya que el que estuvo en la audiencia de imputación el 26 de septiembre renunció a su cargo y trató de desvirtuar los datos de prueba en contra de sus patrocinados, alegando contradicciones en las versiones de los testigos, así como que éstos fueron “contaminados” debido a que los fiscales les pusieron a la vista las armas decomisadas, y que de éstas no se tiene la certeza de la cadena de custodia porque no se fijó su hallazgo con fotografías.

A los argumentos presentados por la nueva defensa de los acusados, el juez Santos Alfredo Tinal May señaló que sobre las contradicciones de los testigos sobre que si primero dijeron que uno de los acusados disparó con un arma cromada y otro dijo que era obscura, es irrelevante, ya que en este momento procesal lo importante es que los testigos identificaron a dos de los imputados como los sujetos que dispararon en contra de la víctima.

Esto, continuó el juzgador, porque hay otros datos de prueba presentados por los fiscales para ubicarlos en tiempo y forma en el lugar, así como su participación en los hechos.

Tampoco consideró que se “contaminó” a los testigos cuando los fiscales realizaron una diligencia de reconocimiento de las armas a los testigos presenciales de los hechos, pues éstos ya habían proporcionado las características de las mismas.

El juez también desechó el argumento del defensor de que no se tiene la certeza de que fue legal el hallazgo de las armas en la camioneta en la que viajaban sus patrocinados, pues señaló que los agentes aprehensores cumplieron con todos los protocolos y los eslabones de la cadena de custodia.

Por todo ello, el juez decretó el auto de vinculación a los cuatro acusados por el delito de homicidio calificado cometido en pandilla, y ratificó la prisión preventiva por un lapso de seis meses. También concedió a la Fiscalía General del Estado un plazo de tres meses para el cierre de investigación, lapso que vence el 31 de diciembre próximo.

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