Carlos y José ya son legalmente esposos

El Juzgado Tercero Mixto de lo Civil y Familiar da validez oficial a la pareja.

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La primera boda entre personas del mismo sexo en Yucatán fue el pasado 9 de agosto y mediante el amparo que el Juzgado Tercero de Distrito libró a favor de Javier Carrillo y Ricardo Góngora. (Archivo Notimex)
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Francisco Puerto/SIPSE
MOTUL, Yuc.- El Poder Judicial del Estado de Yucatán reconoció la condición de concubinos a una pareja del mismo sexo y por lo tanto, Carlos y José desde el 15 de agosto pasado son oficialmente esposos ante la ley.

Carlos y José presentaron ante el Juzgado Tercero Mixto de lo Civil y Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado, con sede en Motul, una petición llamada de "jurisdicción voluntaria" para que el órgano judicial les reconociera la calidad de concubinos.

Como parte del proceso, el 31 de octubre se efectuó una audiencia en la sala de juicio oral del citado juzgado, en la que se desahogaron los testimonios ofrecidos por los promoventes con el fin de acreditar la existencia y permanencia de su relación de pareja.

Finalizada la comparecencia de los testigos, la titular del juzgado, Sandra Isabel Bermejo Burgos, emitió su resolución, mediante la cual determinó reconocer la calidad de concubinos a Carlos y José, con los derechos y obligaciones que conlleva.

Al fundamentar su resolución, la Jueza hizo suyos los argumentos presentados por la representación legal de los solicitantes y aplicó los estándares nacionales e internacionales que se han derivado del desarrollo del derecho a la no discriminación por preferencia u orientación sexual, principalmente los emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Entre otras cosas, la juzgadora señaló que, a pesar de que el artículo 201 del Código de Familia del Estado de Yucatán define el concubinato como “la unión de un hombre y una mujer… quienes hacen vida en común de manera notoria, permanente”, el artículo 1o de la Constitución Federal y el 1 y 2.1 de la Convención Americana y del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente, establecen que el acceso a los derechos humanos se debe garantizar en condiciones de igualdad y no discriminación, razón por la cual resultaba procedente conceder la solicitud de concubinato, atendiendo, además, al deber que tiene toda autoridad de  promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, derivado del citado artículo 1o constitucional.

Con lo anterior, la Jueza Tercero de Motul aplicó el control de la constitucionalidad y la convencionalidad, haciendo efectivo el principio pro persona a favor de Carlos y José, con lo cual podrán gozar de los derechos derivados del reconocimiento legal de su unión, entre otros el derecho a la salud, sucesiones, herencias, etc.

Primera boda

Esta resolución, que reconoce la calidad de concubinos a Carlos y José, se suma a la emitida en junio pasado por el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, mediante la cual se otorgó un amparo a otra pareja del mismo sexo que alegaba que su derecho a la no discriminación había sido violado al negarle el Registro Civil la posibilidad de contraer matrimonio.

Al resolver el amparo, el citado órgano de Justicia Federal reconoció la inconstitucionalidad del artículo 49 del Código de Familia del Estado de Yucatán, pues establecía una limitación carente de justificación para que parejas del mismo sexo pudieran acceder a la figura del matrimonio.

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