Qué es el seguro de daño del Infonavit y cómo hacerlo válido

En la cobertura se incluye desde un incendio hasta la caída de objetos de aviones.

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Las casas adquiridas mediante un crédito Infonavit cuentan con un seguro de daños, lo cual no todos los trabajadores saben. (SIPSE)
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Cecilia Ricardez/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- ¿Sabías que las casas adquiridas mediante un crédito Infonavit cuentan con un seguro de daños que puede cubrir desde un incendio, un fenómeno Hidrometeorológico, caída de árboles y hasta de objetos de aviones?

Aunque ya está reglamentado no todos los trabajadores lo saben, esta disposición es obligatoria, de acuerdo con la regla 31 de las Reglas para el Otorgamiento de Créditos a Trabajadores Derechohabientes del Infonavit, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2002. 

Para saber qué es el seguro y cómo hacerlo válido en caso de necesitarlo, te compartimos información de la Subdirección General de Administración de Cartera  del Infonavit. 

¿Qué dice la ley?

En el artículo 51 de la Ley del Infonavit, se establece que el Instituto, a fin de proteger el patrimonio de lostrabajadores, y de acuerdo a las Reglas de Otorgamiento de Crédito, contratará por cuenta del acreditado, un Seguro de Daños para las viviendas que son garantía de los créditos otorgados porel Infonavit.

Asimismo, los trabajadores acreditados, al suscribir el contrato de crédito, aceptan la contratación del Seguro de Daños, de acuerdo a lo establecido en la cláusula correspondiente, la cual indica:

“Será obligación del trabajador pagar el Seguro de Daños contratado, cuyo importe estará incorporado en el pago de las amortizaciones mensuales que el mismo deba cubrir conforme a la cláusula de este contrato”

Seguro de daños

Interés asegurable: Aquí se incluyen todas las viviendas que son garantía de créditos otorgados por el Instituto, en todos los casos cuya deuda no haya sido completamente liquidada a la fecha del siniestro y se encuentre al corriente en el pago de su crédito.

Sólo en los casos de siniestros catastróficos masivos y cuando aplique el plan DNlll no se tomará en cuenta el que estén al corriente y se aplicará el seguro para todos los créditos activos.

Ojo: El Seguro de Daños no aplica en los créditos Mejoravit. En el caso de los créditos cofinanciados, sólo aplica a la parte de crédito que otorgó el Infonavit; en los créditos conyugales aplica al principal, y si el principal está liquidado, al conyugal.

Bienes cubiertos

Viviendas que son garantía de créditos otorgados por el Infonavit; se entiende por vivienda todo lo que constituye la edificación material e infraestructura.

Bienes no cubiertos

Los contenidos de los inmuebles, mobiliarios, equipo, dinero en efectivo, valores, obligaciones u otros documentos negociables, alhajas, piedras preciosas y cualquier otro artículo de este tipo.

Apoyos adicionales

Aplica para acreditados titulares que habiten su vivienda, y que se compruebe que efectivamente resultó afectada.

Este seguro cubre hasta $10,000 de pago extraordinario de acuerdo a la severidad del daño (0 a 100% del valor de la vivienda) determinado por el ajustador, como:

  • Un incendio
  • Un fenómeno hidrometeorológico
  • Un terremoto
  • Una erupción volcánica

En caso de que sea una inundación, este seguro cubre de acuerdo al nivel del agua alcanzado dentro de la vivienda:

  • Mayor a 40 cm: el pago será de $10,000.
  • De 30 a 40 cm: el pago será de $7,000.
  • Menor de 30 cm: el pago será de $ 4,000.

Este apoyo adicional aplicará en caso de:

  • Riesgos hidrometeorológicos atribuibles a huracanes categoría 3 o superiores (escala Beaufort) en el punto de afectación.
  • Inundación o acumulación de agua.
  • Un evento atribuible a un terremoto con escala de 5.5 o mayor en la escala Richter.
  • Incendios.
  • Cualquier razón por la que se hubiese declarado zona de desastre por la autoridad competente, o se haya puesto en marcha el plan DNIII en el estado afectado.

Riesgos cubiertos

  • Incendio
  • Terremoto
  • Erupción volcánica
  • Desplazamiento de terreno, siempre que esté se presente de manera súbita e imprevista
  • Inundación
  • Explosión
  • Huracán
  • Ciclón
  • Granizo y/o nieve
  • Vientos tempestuosos
  • Objetos caídos de aviones
  • Caída de árboles

Riesgos no cubiertos

  • El desarrollo, distribución, proceso, manufactura, construcción, instalación del bien asegurado.
  • Cualquier falla, deficiencia o defecto de planear, desarrollar, asentar, reparación, construcción, remodelación, del bien asegurado, así como en los materiales usados en lo antes mencionado.
  • Falta de mantenimiento del inmueble.
  • Entre otros.

¿Cómo lo solicito?

Siniestro individual

Acude a las oficinas del Infonavit de tu localidad y haz del conocimiento del personal que tu vivienda resultó afectada por un siniestro; se te indicará la documentación necesaria para poder gestionar ante la aseguradora el pago del seguro de daños que corresponda.

El expediente deberá estar conformado, por: 

  • Carta de formal reclamación firmada por el acreditado, donde detalle brevemente lo ocurrido en la vivienda
  • Anexo 1 (se lo proporcionan en la delegación)
  • Croquis de ubicación de la vivienda
  • Original del acta levantada ante el agente del Ministerio Público, protección civil o bomberos (según sea el siniestro), en la cual se observe claramente la fecha real del siniestro
  • Copia de identificación oficial vigente
  • Presupuesto de reparación desglosado en unidades, cantidades, precios unitarios y monto total
  • Fotografías del siniestro
  • Número telefónico para contactar al acreditado
  • Estado de cuenta del acreditado

Importante: el expediente deberá estar completo para que se pueda realizar la formal reclamación del Seguro de Daños ante la aseguradora.

Siniestro masivo: Cuando tú y tus vecinos sufren afectaciones en su vivienda por un evento.

Acude a las oficinas del Infonavit de tu localidad y proporciona la siguiente información:  

  • Número de crédito
  • Dirección exacta de la vivienda
  • Nombre completo
  • Número telefónico para poder confirmar el día y la hora en que se realizará la visita de inspección de la vivienda

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