Clausura la Profepa obras en Mérida por desmonte de vegetación

Los constructores deforestaron amplia zona del terreno sin contar con la autorización de la Semarnat en materia de impacto ambiental.

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Los inspectores de la Profepa recorrieron los predios afectados. (Milenio Novedades)
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Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal dos construcciones en Mérida, por realizar cambio de uso de suelo en terrenos forestales sin contar con la autorización en materia de impacto ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Durante la visita de inspección realizada al primer predio, identificado como “Senderos de Komchén”, por personal de la Delegación de la Profepa en la entidad, se constató la remoción de vegetación en una superficie de 28 mil 800 metros cuadrados.

La vegetación afectada consistía en selva baja caducifolia y se encontraron restos de especies como chaká (Bursera simaruba), jabín (Piscidia piscipula) y Nej kisin (Pterocereus gaumeri), ésta última enlistada en la NOM-059-Semarnat-2010, bajo la categoría en peligro de extinción.

En el segundo predio inspeccionado se detectó la remoción de vegetación de selva baja en un área de 30 mil 400 metros cuadrados para la construcción de un desarrollo inmobiliario sin identificar el nombre comercial, donde también contaba con presencia de ejemplares de vida silvestre bajo la categoría de peligro de extinción como el Nej kisin (Pterocereus gaumeri).

Por lo anterior y al no exhibir la documentación en materia de impacto ambiental por cambio de uso de suelo en terrenos forestales, se procedió a imponer la medida de “Clausura Total Temporal” y el cese de toda actividad en el predio, instaurando al efecto el procedimiento administrativo correspondiente.

De conformidad con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa), el responsable de la obra puede hacerse acreedor a una  multa por el equivalente de 30 a 50 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción y la clausura definitiva.

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