Qué hacer para reclamar cuentas de familiares fallecidos

Los depósitos o seguros que no son reclamados durante 3 años pasan a formar parte de la beneficencia pública; en 2014 se atendió a 323 personas

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"Poco a poco crece la cultura de las personas para encontrar y cobrar ese tipo de recursos", comentó el funcionario federal René Tun Castillo, delegado de la Condusef. (Milenio Novedades)
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Ana Hernández/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- Los beneficiarios de las cuentas de depósito de un familiar fallecido tienen un máximo de tres años para cobrarlas, después los bancos tienen la obligación de entregar los recursos a la beneficencia pública, señaló el delegado de la Condusef en Yucatán, René Tun Castillo.

Poco a poco crece la cultura de las personas para encontrar y cobrar ese tipo de recursos, comentó el funcionario federal, quien señaló que en 2014 atendieron a 323 personas por esa causa. 

Comentó que algunas personas informan a sus beneficiarios sobre los seguros que adquirieron de algún servicio o en forma preventiva, lo que les facilita la ubicación de documentos y el reclamo de los mismos.

Existen otros casos en los que algún familiar les dijo que sería su heredero o que heredará al fallecer y cuando esto ocurre, no saben si en verdad les dejaron algo porque todo fue “de palabra”. Pueden acudir a las oficinas de la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) para llenar un formato de solicitud.

“Sólo necesita una identificación oficial válida,  que puede ser desde su credencial de elector con fotografía vigente, pasaporte, que tenga fotografía y firma; así como una copia simple del acta de defunción, cuya expedición no sea mayor de cinco años de la fecha de solicitud, para que inicie la búsqueda”, dijo.

La comisión tiene un plazo de cinco días hábiles al día siguiente de la solicitud, para requerir a las instituciones de crédito que busquen si existe alguna cuenta o seguro a nombre de la persona que falleció; la respuesta debe darse en un plazo de 45 días naturales como máximo o un extemporáneo  de 60 días, contado s partir de la fecha en que se haya recibido el documento con la solicitud.

Si la respuesta es positiva debe especificar en qué institución para realizar el trámite de recuperación de los recursos.

Tun Castillo recordó que cuando comenzaron a otorgar este servicio, eran muy mínimos los casos, pero ahora es mayor el número de personas que se interesa en saber, después de todo nada pierden y si pueden ganar; ya que el dinero no reclamado, cuando está en una cuenta que no tiene movimientos por depósitos o retiros, durante tres años,  se van a la beneficencia pública.

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