Adolescentes delinquen ante una ley 'benévola'

La máxima pena que se aplica a este sector de la población es de cinco años de internamiento.

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La nueva Ley Nacional de Justicia Penal para Adolescentes otorga a los menores de edad ciertos 'privilegios' ante la comisión de delitos. La imagen de 2 adolescentes acusados de secuestro en Yucatán está utilizada como contexto. (Milenio Novedades)
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Luis Fuente/SIPSE
MÉRIDA, Yuc.- De acuerdo con especialistas, el incremento de la participación de adolescentes en delitos de alto impacto, se debe la benevolencia de las sanciones a menores de edad, sin importar el ilícito que cometan.

En el inicio de 2017, dos menores de edad están involucrados en un homicidio y otro tanto igual en robo con violencia cometido en pandilla, por saquear un supermercado, bajo el pretexto de protestas por el gasolinazo.

El 18 pasado, un estudiante disparó contra una maestra y otros estudiantes de entre 14 y 15 años en el Colegio Americano del Noreste, en el sur de Monterrey, Nuevo León; luego se suicidó.

Tres días antes, el 15, en Yucatán, Gonzalo Carreta Díaz, tabasqueño de 26 años, falleció por disparos de escopeta a manos de un adolescente, de quien se presume actuó por venganza porque el ahora occiso le había “volado” la novia a su hermano.

El agresor M.A.B.C., de 17 años, estaba acompañado por M.A.P.P. de 16 años, quienes huyeron en una bicicleta para internarse en montes aledaños de la comisaría San Francisco de Tinum, pero un operativo de la Secretaría de Seguridad Pública y de la Policía Municipal Coordinada  permitió el arresto de estos menores de edad, quienes fueron puestos a disposición de la Fiscalía General del Estado para deslindar responsabilidades e integrar la carpeta de investigación por el delito de homicidio.

El 18 de junio de 2016, entró en vigor la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes y la Ley Nacional de Ejecución Penal en el que se contemplan drásticos cambios, entre ellos que la pena máxima de internamiento sea de cinco años.

Con este nuevo marco jurídico quedó sin efecto la Ley de Justicia para Adolescente que estaba vigente en Yucatán desde 2012 y acorde con el modelo de justicia acusatorio y oral.

En 2015 se reformó la Constitución General de la República que dio facultades al Congreso de la Unión para legislar en materia penal para todo el país, lo que dio como resultado el Código Nacional de Procedimientos Penales con el que se rigen los procesos penales en todos los estados y en el fuero federal.

También se creó una ley que para regir en todos los estados para delitos que cometan adolescentes en el ámbito federal y que dio como resultado el proceso legislativo en el que se aprobó finalmente esta Ley Nacional de Justicia Penal para Adolescentes en todo el país.

El nuevo modelo de justicia juvenil tiene las penas diferenciadas, siendo la máxima de 5 años para los adolescentes de entre 16 y 18 años, mientras que para los de 14 a 16 años el internamiento máximo será de tres años. Los niños menores de 14 años no podrán ser sujetos a proceso.

Para que el menor sea acreedor a un internamiento se creó un catálogo de delitos que son:

  • Trata de personas
  • Terrorismo
  • Extorsión agravada por asociación delictuosa
  • Secuestro
  • Delitos contra la salud
  • Portación, posesión de arma de fuego de uso exclusivo del Ejército
  • Feminicidio
  • Homicidio doloso
  • Violación
  • Lesiones que pongan en peligro la vida o dejen incapacidad permanente
  • Robo por violencia física.

Ahora la duración de un proceso es de seis meses, en tanto que la anterior era de cuatro; así como también se cortaron los plazos para la determinación de sentencias de primera y segunda instancias y la sustanciación.

El fallo de primera instancia será de inmediato después de cerrar el debate o en las 24 horas siguientes, según la complejidad del caso; en segunda instancia, una vez admitido el recurso en tres días. Prevalece la revocación y apelación, eliminándose la casación y la revisión.

El Ministerio Público contará con un plazo de 36 horas para determinar la situación jurídica del adolescente detenido en flagrancia, independientemente de la edad y del delito.

La ley local contemplaba las 48 horas constitucionales para la puesta a disposición ante el juez siempre y cuando el MP lo justifique, en caso contrario sólo tendrá 36 horas.

Asimismo, se eliminó a los padres de responder solidaria y mancomunadamente del pago de los daños por los delitos cometidos por sus hijos adolescentes. Se contemplan medidas de sanción privativa de libertad y no privativa de libertad.

Este ordenamiento está en concordancia con el respeto a los derechos de los niños y adolescentes tanto a nivel nacional e internacional por lo que prevalece el interés superior del menor.

También se contempla la prevención social de la violencia y la delincuencia para adolescentes, que es el conjunto de políticas públicas programas, estrategias y acciones orientadas a reducir factores de riesgo que favorezcan la generación de esas conductas; así como combatir las distintas causas y factores que la propicien.

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