Clausuran 6 predios en la zona costera por dañar el manglar

La Profepa informó que fueron inhabilitadas por la afectar a 12 mil 159 m2 del ecosistema y carecer de la autorización de Impacto Ambiental.

|
La clausura se levantará hasta que presenten la autorización de la Semarnat. Imagen del momento en que personal de la Profepa realizó la diligencia. (Milenio Novedades)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Milenio Novedades/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) Delegación Yucatán, aplicó la clausura total Temporal a seis predios ubicados en la zona costera, por la afectación de una superficie total de 12 mil 159 metros cuadrados de ecosistema de manglar.

La Profepa en la entidad informó que los inspeccionados carecían de la correspondiente autorización en materia de Impacto Ambiental que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Puntualizó que dicha acción se emprendió derivado de la realización de recorridos de vigilancia y prospección en la costa norte de la entidad, incluidas las Áreas Naturales Protegidas Reserva de la Biósfera Ría Celestún y Reserva de la Biósfera Ría Lagartos.

Los seis sitios clausurados ocupan 12 mil 159 m2 de superficie de ecosistema costero de manglar que fue rellenado con material de construcción para ganar terreno a dicho cuerpo de agua, afectando a ejemplares como el mangle blanco (Lagunculariaracemosa), mangle botoncillo (Conocarpuserectus) y mangle negro (Avicenniagerminans). 

Las tres especies de manglar se encuentran listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría de Amenazada (A). 

Las clausuras totales temporales fueron interpuestas como medida de urgente aplicación a dos predios de la localidad de Santa Clara, en Dzidzantún, a uno en Chicxulub Puerto, localidad de Progreso y a tres en la Reserva de la Biósfera Ría Celestún. 

Cabe destacar que la clausura se levantará hasta que el presunto responsable presente la autorización que expide la Semarnat en materia de Impacto Ambiental o bien hasta que se dicten medidas correctivas de compensación o de restauración, por lo que se le dará seguimiento a los procedimientos administrativos instaurados. 

En caso de que los inspeccionados no obtengan las respectivas  autorizaciones se aplicarán las medidas necesarias para el retiro de las estructuras de obra y se  aplicarán las sanciones correspondientes. 

La sanción según el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, señala que ésta puede ir desde una multa por treinta a cincuenta mil días de salario mínimo, hasta la clausura temporal o definitiva, total o parcial de la obra.

Lo más leído

skeleton





skeleton