¿Aún no te depositan aguinaldo? Esta es la fecha límite y te decimos cómo reclamarlo

Los empleadores pueden recibir una fuerte multa por no pagar la prestación

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Llegar a una resolución por la vía legal varía en cada caso, pero en promedio puede tomar hasta 3 meses. (Archivo/Sipse)
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Novedades Yucatán/MÉRIDA
Para la mayoría de los trabajadores formales este 15 de diciembre el aguinaldo ya les fue depositado pero en muchos casos esta prestación aún no llega.

Esta remuneración de fin de año es una prestación básica y una obligación para los empleadores, según el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México.

Para los trabajadores de instituciones públicas, éste debe ir en dos partes: antes del 15 de noviembre y más tarde se da la segunda.

Asimismo, el pago debe corresponder a 40 días de salario sin deducciones.

Por otra parte, para quienes trabajan en el sector privado, la fecha límite es el 20 de diciembre del año y el pago corresponde a 15 días de salario mínimo y debe ser sin deducciones.

En caso de que lleves menos de un año en tu trabajo, se te pagará la parte proporcional al tiempo que lleves y en caso de que estés contratado por honorarios queda a reserva del patrón la decisión de dar esta prestación o no.

Si eres un trabajador subordinado, ya sea de base, de confianza, de planta, sindicalizado, contratado por obra o tiempo determinado u eventual tienes derecho a recibir aguinaldo.

 Al igual que comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

De manera textual, el artículo 87 de la LFT establece que: Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

¿Qué hacer?

Si no recibiste tu aguinaldo antes del 20 de diciembre habla con tu jefe. Intenta ser amable y escucha sus razones pero déjale saber que conoces tus derechos.

Acude a la Procuraduría local de la Defensa del Trabajo para presentar un reclamo o denuncia.

En Yucatán esta dependencia está a cargo de Mario Alberto Buenfil Martín y se encuentra en la Avenida Internacional entre 14 y 16 de la Ciudad Industrial. El teléfono es 9-30-31-00, extensión 40150.

Con base en el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, la sanción a los patrones por la demora del pago va desde los 50 hasta los cinco mil salarios mínimos.

En caso de ser trabajador del Estado, deberás acudir a la Procuraduría de los Trabajadores al Servicio del Estado.

El organismo ofrece su correo electrónico [email protected] ante cualquier queja o duda.

Llegar a una resolución varía en cada caso pero de acuerdo con Financialred, en promedio puede tomar hasta 3 meses.

A partir del 21 de diciembre cuentas con un año para reclamar tu aguinaldo.

Si tu empleador no cumple, se puede hacer acreedor a una multa que va de los 50 a los 5 mil días de salario mínimo.

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