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La incorporación voluntaria al régimen obligatorio es un esquema de aseguramiento que permite a los trabajadores no asalariados, que vivan en forma habitual en centros urbanos y que no tengan patrón, cubriendo ellos mismos, en forma anual y anticipada, el costo de su aseguramiento, disfrutar, junto con sus beneficiarios legales, de las prestaciones que otorga la Ley del Seguro Social.

Los trabajadores no asalariados del área urbana que se incorporen voluntariamente al régimen obligatorio del Seguro Social tendrán derecho a recibir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad (servicio médico), un día después transcurridos 30 días posteriores a su inscripción.

De igual manera, tendrán derecho a recibir los beneficios de una pensión de invalidez; sus beneficiarios podrán recibir, cubiertos los requisitos en semanas de cotización, las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, que en su caso correspondan.

Asimismo, cumplido el requisito establecido en semanas de cotización o de saldo en su cuenta individual, podrán recibir una pensión por retiro o por vejez.

Este esquema no otorga el derecho a pensión de cesantía, a causar alta en la continuación voluntaria o modalidad 40, ni a recibir subsidios económicos.

El trámite de incorporación voluntaria lo pueden realizar los trabajadores que se encuentren en industrias familiares (micro o medianas empresas atendidas por la familia); los independientes (profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos), y demás trabajadores no asalariados (taxistas, comerciantes en vía pública con permiso otorgado por el municipio); comisionistas, vendedores de seguros, etc.

Para inscribirse a la incorporación voluntaria es preciso ser trabajador no asalariado del ámbito urbano, presentar los documentos necesarios, llenar los cuestionarios médicos (del titular del aseguramiento y de cada beneficiario legal), y efectuar el pago correspondiente ($9,312.03), la cuota se actualiza el 1 de febrero de cada año.

Los documentos necesarios para el trámite de registro son, en original y copia simple: identificación oficial, acta de nacimiento del titular del aseguramiento, CURP, comprobante de domicilio del asegurado (esté o no a su nombre), comprobante del pago de la cuota anual.

El trámite se realiza en la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del interesado, de lunes a viernes (día hábil), y de 8:00 a 15:30 horas.

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