Paran desarrollo inmobiliario en Chicxulub Pueblo

Profepa clausura predio por cambio de uso de suelo sin autorización

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Los encargados del predio hicieron una remoción total de vegetación natural, mediante el despalme y desmonte, empleando maquinaria pesada. (Novedades Yucatán)
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Novedades Yucatán/MÉRIDA
La Procuraduría Federal de Protección Ambiente (Profepa) clausuró un predio de 5.6855 hectáreas, es decir, 56 mil 855 metros cuadrados, en Chicxulub Pueblo, debido al cambio de uso de suelo que se realizó, sin contar con la correspondiente autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Tras una denuncia ciudadana, personal de la Profepa realizó una inspección en la localidad y detectaron el cambio de uso de suelo en un predio de 56 mil 855 metros cuadrados.

Dicho cambio de uso de suelo se realizó mediante la remoción total de vegetación natural, mediante el despalme y desmonte, empleando maquinaria pesada y la compactación de suelo firme con material pétreo para la apertura y conformación de caminos y avenidas, al parecer para la construcción de un desarrollo inmobiliario.

Asimismo, se detectó la afectación a vegetación característica de ecosistema de selva baja caducifolia, principalmente ejemplares de la familia de las Leguminoceae, siendo las de mayor abundancia el ja’abin (Piscidia piscipuila), Catzín (Acacia gaumeri) y tzalam (Lysiloma latisiliquuum).

También, el chukum (Havardia albicans), chaca (Bursera simaruba), chimay (Acacia pennatula), subin (Acacia cornígera) y tzitzilché (Gimnopodium floribundun var. Antigonoides). 

Por lo anterior, se estableció la clausura total temporal del sitio inspeccionado, como medida de seguridad, a fin de evitar que se continúen ocasionando daños al ambiente.

Cabe señalar que el cambio de uso de suelo en terreno forestal se realiza por excepción, correspondiendo su autorización a la Semarnat, previo el procedimiento respectivo que incluye la opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal, con base en los estudios técnicos justificativos respectivos; así como el depósito ante el Fondo Forestal Mexicano por concepto de compensación ambiental, para que se lleven a cabo acciones de restauración de los ecosistemas, preferentemente en donde se ubique la autorización del proyecto.

 

 

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