Confirman hallazgo de huellas de procesados por el asesinato de abuelitos

Los peritos comparecieron en el juicio que enfrentan los acusados por el homicidio de una pareja de la tercera edad en la avenida Colón

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El homicidio ocurrió en mayo de 2016. (Archivo/Novedades Yucatán)
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Luis Fuente/Mérida
En el juicio que se sigue a José R. P. V. y Pedro P. M. M. por el homicidio de una pareja de personas de la tercera edad en su casa en la avenida Colón de la capital yucateca, en mayo de 2016, comparecieron peritos en dacticoloscopía de la Fiscalía General del Estado, quienes hallaron en una credencial del Inapam de la accisa, en una libreta del seguro de un auto y en la licencia de conducir el occiso, las huellas dactilares de los dos acusados.

Desde el día 7 pasado, el Tribunal Primero de Juicio Oral inició el desahogo de pruebas en contra de estos dos sujetos, señalados como los autores de los asesinatos de J. M. G. C. y C., de 91 años de edad, y su esposa L. P. P., de 87, sucedidos el 2 de mayo de 2016 en su vivienda en la avenida Colón.

En la jornada de ayer los fiscales ofrecieron como testigos a tres peritos en dactiloscopia de la propia FGE, quienes relataron la manera en cómo hallaron las huellas latentes en la credencial del Inapam de la víctima femenina, un libro de un seguro de auto y en la licencia de conducir del occiso.

El primer testigo fue el perito que halló y fijó las huellas halladas en esos objetos, la manera que las embaló y transfirió a otro perito, quien su vez explicó el método que utilizó para determinar que las muestras eran aptas para ser procesadas.

La tercera perito fue la encargada del manejo del sistema AFIS y de informar cómo confrontó las huellas halladas en el lugar de los hechos con el Banco Nacional de Huellas y dieron positivo a José R. P. V. en la credencial del Inapam y en el libro del seguro de auto, mientras que en las halladas en la licencia de conducir del occiso fueron de Pedro P. M. M..

El desahogo de pruebas debe culminar el próximo lunes, de modo que el martes se realizaría la audiencia de alegatos de clausura y el fallo de este caso, en el que el par de acusados, el 16 de febrero de 2027, habían aceptado un procedimiento abreviado por el que fueron condenados a 30 años de prisión; sin embargo, el TSJE revocó esa medida alterna, pues los tres integrantes consideraron que no se dieron las condiciones de la reparación del daño integral.

Esta resolución fue confirmada por tribunales federales que negaron el amparo a la nieta de las víctimas, quien es la otra denunciante.

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