Multas de más de 400 mil pesos a empresas por no pagar utilidades

La ley indica que el pago se debe hacer a más tardar en los 60 días posteriores a la presentación de la declaración anual

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El pago de utilidades se hace en mayo o junio. (Archivo/Agencia Reforma)
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MÉRIDA, Yucatán.- La falta de pago de utilidades a los trabajadores o no informar sobre de la situación de la empresa al respecto puede llevar a un negocio a hacerse acreedor a una sanción que va desde 22 mil 405 hasta 448 mil 100 pesos, aseguró la asesora en finanzas Marisol Cen Caamal.

“Las llamamos PTU, es la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, es un derecho que tienen los empleados, la ideas es contribuir a la redistribución de la riqueza, los trabajadores estuvieron contribuyendo a que las empresas pudieran generar riqueza y por eso hay que distribuir una parte de esas ganancias, que se obtuvieron entre los empleados asalariados que colaboraron con las compañías”, explicó.

Cen Caamal comentó que el reparto de utilidades es algo que se suele hacer en mayo o junio, dependiendo, porque la ley dice que hay que hacerlo a más tardar en los 60 días posteriores a la presentación de la declaración anual, las personas morales lo hacen en marzo, tienen hasta el 30 de mayo, y las personas físicas hasta junio, se debe repartir el 10 por ciento de lo que se obtuvo de utilidades.

Precisó que quienes tienen derecho a esta prestación son quienes laboran con carácter de asalariado, es decir, que sean empleados de la empresa dados de alta con un salario, estos trabajadores deben haber laborado al menos 60 días del año, si trabajaron menos tiempo no les tocará esa parte de las ganancias.

Destacó que quienes trabajan por honorarios, eventuales, outsourcing, directores, administrativos, gerentes generarles, socios y accionistas no tienen derechos a PTU.

Cómo se calcula lo que te corresponde de utilidades

“La cantidad se calcula sobre lo que viene siendo el ejercicio fiscal previo, en este año 2021, el PTU se calcula para pagar sobre las ganancias que se hayan obtenido del año anterior, es decir el 2020, donde se pueden consultar, las empresas hacen su declaración anual, en el mes de marzo y se debe hacer visibles entre los trabajadores, los que tienen sindicatos se les entrega la declaración a los líderes”, indicó.

La especialista dijo que las empresas que tienen fines lucrativos, siempre y cuando cumplan ciertas condiciones, por ejemplo que su ingreso anual haya sido superior a 300 mil pesos, y que tengan más de un año de operaciones, las empresas que acaban de iniciar se les dan un año de prórroga para no pagar el PTU, porque se entienden que apenas están comenzando y tienen muchos pagos.

Además las empresas que elaboran productos novedosos, les otorgan dos años desde que inician para empezar a pagar, las instituciones de beneficencia o las que trabajan sin fines de lucro no pagan, pero el resto de las empresas constituidas, tanto por personas físicas como morales, tienen la obligación de pagarlo.

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