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Mucho se habla de los famosos “Desarrollos Inmobiliarios en la Costa Yucateca”, una situación que está llegando a niveles muy altos de demanda, desarrollo y, hasta cierto punto, siendo algo complicado para los ecosistemas en Yucatán.

En nuestro Estado contamos con un instrumento de regulación para el uso y aprovechamiento de nuestras tierras y de manera preferencial para nuestras zonas costeras que, hoy son un “Filete” muy comercializable a grado tal que hasta han ocurrido engaños y fraudes por diversos desarrolladores.

El Programa Ordenamiento Ecológico del Territorio Costero del Estado de Yucatán (Poetcy) es un instrumento de política ambiental, cuyo objeto es regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la preservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales a partir del análisis de las tendencias de deterioro y las potencialidades de aprovechamiento de los mismos.

Se considera que es el instrumento de política ambiental más adecuado para armonizar las actividades humanas y el medio ambiente, asegurando condiciones de sustentabilidad en el corto, mediano y largo plazo.

Para este ordenamiento la zona costera incluye la totalidad del territorio de los municipios de Celestún, Dzilam de Bravo, Dzemul, Dzidzantún, Ixil, Progreso, Río Lagartos, San Felipe, Sinanché, Telchac Puerto, Yobaín; y la parte comprendida en la franja paralela al litoral de 20 km de ancho tierra adentro, de los municipios de Baca, Chicxulub Pueblo, Dzilam González, Hunucmá, Mérida, Mocochá, Motul, Panabá, Telchac Pueblo, Tetiz, Tizimín y Ucú, según límites del marco geoestadístico de Inegi 2013.

Prácticamente el Poetcy establece en cada espacio territorial que regula o Unidad de Gestión Ambiental (UGA), 29 clases de usos de suelo y actividades.

Es importante tomar en cuenta que no por el simple hecho de estar ubicado en una UGA compatible con desarrollo inmobiliario, se encuentra autorizado un desarrollo inmobiliario.

En efecto, además de lo anterior, son necesarios otros permisos, como contar con MIA (Manifestación de Impacto Ambiental) y liberación del INAH, así como numerosos permisos y factibilidades municipales. No obstante, si un desarrollo está ubicado en la zona regulado por el Poecty y se encuentra en una UGA NO compatible con desarrollo inmobiliario, NO podrá conseguir su MIA, por lo que no le será posible entregar ni se podrá jamás construir en él ninguna calle.

En conclusión, a la hora de analizar si un bien inmobiliario ubicado en la costa yucateca cumple con la normatividad, revisar su ubicación en el Poetcy es un primer filtro que podrá evitar a sus inversionistas caer en fraudes, sean deliberados o por incompetencia del desarrollador.

Existe en la página del Gobierno del Estado en la liga de la Secretaría de Desarrollo Sustentable (SDS) una liga donde los interesados pueden descargar el documento digital y conocer las zonas donde sí y donde no, se puede crear desarrollos de carácter inmobiliario y evitar caer en fraudes. Espero la información sea de ayuda y nos leemos la próxima semana.

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