Aplicará SSP multas por rebases peligrosos

Se busca que los conductores sean más precavidos y se reduzcan los accidentes con motociclistas y ciclistas.

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Para ayudar a reducir el índice de accidentes la SSP aplicará multas en caso de rebases peligrosos. Según el INEGI, en 10 años, de 2000 a 2010 el parque vehicular de Yucatán incremento un 62% pasó de más de 214 mil a casi 576 mil. (Foto de contexto de SIPSE)
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Ana Hernández/Milenio Novedades
MÉRIDA, Yuc.- Con la finalidad de reducir los accidentes de tránsito, a partir de este martes 25 las faltas viales que comentan los conductores en Yucatán se acumularán en el historial de la licencia, documento que permitirá conocer antecedentes y reincidencias para, con base en esa información, determinar la sanción. 

Esa y otras disposiciones viales se publicaron el 27 de julio pasado en el Diario Oficial del Estado y entrarán en vigor el martes venidero. Aunque la publicación oficial establece multas por sanciones leves, en caso de que algún conductor sea reincidente y según la gravedad de la infracción se aplicarían otras medidas que establece la propia ley de tránsito.

El comandante Jesús Novelo Chan, coordinador del Departamento de Peritos de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Pública, explicó que el objetivo de estas modificaciones al artículo 218 principalmente, es dejar clara la distancia de seguridad que debe prevalecer al adelantar un vehículo menor.

La Secretaría de Seguridad Pública podrá sancionar a los conductores de vehículos de todo tipo y tamaño, incluyendo al transporte público de pasajero, que no respete la distancia para transitar y rebasar a los ciclistas y motociclistas.

De acuerdo con el entrevistado, estas disposiciones tienen un enfoque más preventivo que sancionador, por eso se publicó la modificación con más detalle, para dejar más claro ese punto, señaló el perito, al tiempo de comentar que se busca que los conductores sean más precavidos y se reduzcan los accidentes con motociclistas y ciclistas.

“El problema en los accidentes en que se ven involucrados estos vehículos menores, es que a veces el golpe no es muy fuerte, sino las consecuencias del impacto de la caída que sufren su conductor y sus pasajeros”, explicó.

Se busca tener más orden, esto implica que los conductores deben conservar una distancia de seguridad que garantice la detención oportuna en caso de que el vehículo que lo precede frene intempestivamente¸ así como permitir el adelantamiento de un tercer vehículo entre sus vehículos y los que los precedan. Esto no aplicará en columnas militares ni en cortejos fúnebres.

También deberán preservar una distancia de seguridad al adelantar vehículos menores o menores motorizados, principalmente bicicletas o motocicletas, que será de, por lo menos, metro y medio. Deberán adecuar su distancia de seguridad, considerando el tamaño de los vehículos involucrados, su velocidad, el tráfico, las condiciones climatológicas, la visibilidad, así como el estado y ancho de la vía pública.

Mientras que los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros, de acuerdo al artículo 339, los conductores de vehículos autorizados para prestar el servicio público o privado de transporte de pasajeros deberán circular, en los horarios y las rutas que determinen las autoridades competentes, por el carril derecho o los carriles destinados para ellos, salvo el caso de adelantamiento, respetando las distancias de seguridad para los vehículos menores.

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