Qué obligaciones fiscales debes cumplir como empresario

Todas las empresas que facturen igual o más de 4 millones de pesos (mdp) al año están obligadas a emitir su contabilidad electrónica.

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Las facturas en papel no tendrán ninguna validez ante el SAT, así que recuerda recibir y almacenar el archivo XML de las facturas electrónicas. Imagen de dos personas al pedir informes en las oficinas del SAT. (Archivo/SIPSE)
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Cecilia Ricárdez/SIPSE
MÉRIDA, Yucatán.- La era digital avanza en la tramitología y las obligaciones fiscales también se vuelven electrónicas y para este fin te presentamos cuáles de éstas debes incluir en tus listas de pendientes y propósitos del 2015, porque serán obligatorias o sufrirán modificaciones. 

Con base en información de la Secretaría de Administración Tributaria este año se implementan obligaciones, ejemplo la emisión de CFDI, recibos de nómina electrónicos y la contabilidad electrónica serán necesarios; los certificados de retenciones y la declaración DIOT tendrán cambios. 

Contabilidad electrónica, ¿para quién?

Todas las empresas que facturen igual o más de 4 millones de pesos (mdp) al año están obligadas a emitir su contabilidad electrónica.

La cual deberá incluir: catálogo de cuentas, balanza de comprobación y en caso de solicitar devolución de impuestos es necesario presentar las pólizas acompañadas de los documentos auxiliares de cuentas y de pólizas. 

Si el contribuyente tuvo un error en su declaración tendrá cinco días para corregirla. Y si el SAT pide algún tipo de aclaración o quiere hacer una revisión, el contribuyente deberá solo presentar la información que le solicitó la autoridad.

Los contribuyentes que estén dentro del esquema del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) continuarán declarando bimestralmente a través de la herramienta Mis Cuentas.

Este esquema está diseñado para personas físicas que presten o vendan bienes y servicios sin necesidad de cédula profesional y que no tengan más de 2 millones de pesos de ingresos al año, como micronegocios, comerciantes, o personas que ejerzan algún oficio.

La condición es que sus ingresos no provengan de arrendamiento, comisiones o por ser socios de una empresa.

DIOT más ágil
  1. Para 2015 se espera que la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros (DIOT) ya no se realice a través de una plantilla en el sistema del SAT, sino a través de un PAC.
  2. La DIOT es la declaración que realizan personas físicas o morales que realizan actividades o actos gravados con el IVA. 
  3. En esta declaración se reportan prestación de servicios profesionales y arrendamiento de inmuebles. 
  4. Si no se presenta mensualmente las multas pueden ir desde los 9,430 pesos hasta los 18,860 pesos.
Se eliminan los certificados de retenciones en casos específicos
  1. Las retenciones son una reserva de impuesto (IVA o ISR o ambos) que se hace al contribuyente por el pago de un servicio o la adquisición de un bien.
  2. Están obligadas a realizarla las personas morales que reciban servicios personales independientes, usen o gocen temporalmente bienes prestados u otorgados por personas físicas.
  3. No será necesario realizarla si la retención de impuestos ya se especifica en el recibo de nómina del trabajador.
Inevitable el uso de formato CFDI
  1. Todas las empresas de cualquier tamaño y las personas físicas con actividad empresarial deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
  2. Las personas morales tendrán que hacerlo a través de los Proveedores Autorizados  de Certificación (PACs) o a través de sus soluciones gratuitas. 
  3. Las personas físicas con actividad empresarial podrán hacerlo a través de la herramienta Mis Cuentas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
  4. Las empresas al no facturar electrónicamente, puede tener el riesgo de perder es que poco a poco perderán clientes porque ellos querrán recibir un comprobante fiscal que les ayude a deducir sus gastos y se irán con quién sí se los dé.
Recibir, validar y resguardar los comprobantes XML
  1. Las facturas en papel no tendrán ninguna validez ante el SAT. 
  2. Recuerda recibir y almacenar el archivo XML de las facturas electrónicas. 
  3. Pide a tu Proveedor Autorizado de Certificación, que te ofrezca el servicio de validación, ya que sí no cuenta con todos los datos exigidos por el SAT, no será documento deducible.
Emitir recibo de nómina electrónico
  1. Todas las empresas, así tengan un empleado, deben emitir recibos electrónicos. 
  2. La nómina es 100% deducible de impuestos.
  3. Durante 2015, el SAT será más exigente al hacer valer esta obligación.
  4. Se deberán emitir por cada pago realizado, por ejemplo si es quincenal, deberán emitirse dos recibos al mes.

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