Preparar el testamento no es de mal agüero

Especialistas aseguran que no es necesario tener fortuna o ser casado para asentar la inscripción.

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El registro de un testamento oscila en cuatro mil 400 pesos, pero durante septiembre los costos se reducen. (Foto de Contexto/Internet)
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Redacción/SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- Francisco Edmundo Lechón Rosas, titular de la notaría 10 de Cancún, dijo que la errónea idea de hacer el testamento sólo cuando se encuentra “en el lecho de muerte”, es una situación que acarrea serios problemas a los herederos, e incluso, pone en riesgo el patrimonio familiar forjado a base de esfuerzo y trabajo.

Protege a los verdaderos herederos de hijos ilegítimos y viudas falsas 

Francisco Óscar Lechón Ruiz, asesor de la notaría número 10, y especialista en las figuras testamentarias, sostiene que no es necesario tener fortuna o ser casado para inscribir su testamento. Bajo las circunstancias actuales, testar es necesario y hasta obligatorio, además de uno de los medios más eficaces para evitar que los bienes caigan en manos equivocadas, considerando que falsas viudas, concubinas e hijos ilegítimos puedan despojar a los verdaderos herederos.

Hay varias figuras testamentarias, y aún cuando algunas exigían ciertas formalidades, lo cierto es que otros procedimientos se han modificado, haciendo más funcional la forma en que cualquier persona puede acudir a la notaría para hacer patente su “última voluntad”.

No es necesario tener fortuna 

Contra el “tabú del mal agüero” no hay que esperar la muerte para heredar problemas a los hijos, esposas o concubinas; ya de hecho, se considera un adelanto que no es necesario tener fortuna, propiedades o responsabilidades familiares para asentar la inscripción.

Lechón Ruiz dijo que las figuras testamentarias más recurrentes son las universales, aunque la de legatario y del heredero universal se consideran importantes. En términos generales, el registro de un testamento oscila en cuatro mil 400 pesos, pero durante septiembre los costos se reducen a mil 300, por disposición del gobierno, en apoyo a la culturadel testamento.

El Código Civil de Quintana Roo establece en su apartado 1307, la obligatoriedad de los hijos para dejar, alimentación a los padres y hermanos en condiciones de vulnerabilidad; esposas o concubinas o cualquier persona después de éstos.

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