Actos de gobierno

El decreto de creación de los estados referidos automáticamente causó la definición territorial.

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Veintiún años han pasado desde que el gobierno de Campeche a través de Salomón Azar, decidió con los poderes Legislativo y Judicial crear el Municipio de Calakmul en territorio quintanarroense que desde 1974 se creó como Estado Libre y soberano, después de que la Cámara de Senadores determinara y consultara con las legislaturas de los 29 estados su aprobación para convertir los Territorios de Quintana Roo y Baja California Sur en estados 30 y 31.

Constitucionalmente, el decreto de creación de los estados referidos automáticamente causó la definición territorial y en el caso Quintana Roo se respetaron los límites por decreto de 1902 emitido por el Presidente Porfirio Díaz; así se mantuvo la integridad territorial, pero poco tiempo después el Estado de Yucatán emitió decreto para ejercer gobierno en la franja en controversia sin que las autoridades gubernamentales desde Jesús Martínez Ross hasta Mario Ernesto Villanueva Madrid reclamaran la invasión territorial por Yucatán.

Es hasta 1996 cuando se promueve la controversia constitucional limítrofe, ante una invasión territorial por parte de nuestros vecinos peninsulares que abarcan 10 mil 400 kilómetros cuadrados y Yucatán solo se mantiene al margen del litigio participando como tercero interesado en la controversia constitucional.

Así transcurren años y al punto de resolver a favor de Quintana Roo la controversia, elaborada por el Secretario de Estudio y Cuenta del Ministro ponente, hoy doctor en derecho César de Jesús Molina Suárez, cuando en un acto político se conculcan los derechos a la justicia a nuestro Estado, ya que los asuntos terminado su proceso y en estado resolutivo, jamás se debieron enviar al senado como Cámara de origen de la creación de los Estados de Baja California Sur y Quintana Roo poniéndolo en situación de tribunal de alzada.

Esto ocurrió en 2005 y el Senado nunca creó el reglamento para atender un asunto relevante para los quintanarroenses en materia territorial; hasta 2012, con otro decreto se devuelven facultades a la Suprema Corte de Justicia de la Nación sin entregar los documentos de archivo consistentes en documental pública y testimonial del derecho territorial y el gobierno de Joaquín E. Hendricks Díaz, desatiende la controversia y Campeche ejerce actos de gobierno sin impedimentos del Ayuntamiento de Othón P. Blanco y los poderes legislativo y Judicial.

La controversia en abandono se retoma durante el gobierno de Félix Arturo González Canto, cuando se crea el Municipio de Bacalar; el Estado de Campeche mediante escrito del 11 de febrero de 2011 enviado al presidente de la mesa directiva de la Cámara de Senadores solicita su intervención en términos de la fracción XI del artículo 76 de la Constitución Federal por la creación del Municipio de Bacalar y la redefinición de los límites territoriales y constitucionales de Othón P. Blanco, violando la soberanía de Campeche.

En respuesta, el Senador Jesús García Garibay, en su carácter de Presidente de la Comisión de Límites de las Entidades federativas, manifiesta a los tres poderes del Estado de Campeche, que no pretenden prejuzgar sobre efectos y actos soberanos de Quintana Roo, por lo que no se pronuncia sobre supuesta violación limítrofe que deviene de la creación de Bacalar, ni está en capacidad jurídica de calificar como afectante.

De lo ya expuesto, se concluye que toda vez que la XII Legislatura del Estado emitió decretos confirmando el derecho Constitucional territorial del Estado de Quintana Roo, sin que hasta la fecha se haya combatido la referencia a los límites territoriales de Quintana Roo, lo que debiera continuar, en virtud de las referencias, es ejercer actos de gobierno quintanarroense en la zona territorial invadida por los estados de Campeche y Yucatán y ¡AL TIEMPO!

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