Alzan vara de medir a Borge

Ni en el fuero común ni en el federal hay algún delito que se le impute que sea considerado merecedor per se de prisión oficiosa.

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Todo indica que será hoy cuando llegue a México el ex gobernador de Quintana Roo Roberto Borge Angulo, extraditado de Panamá, y dado que ni en el fuero común ni en el federal hay algún delito que se le impute que sea considerado merecedor per se de prisión oficiosa –según el catálogo del Código Penal Federal, artículo 85–, será el juez de control correspondiente el que decida según su criterio si el proceso correspondiente lo afronta en libertad o encarcelado. Por otra parte, parece que la determinación recaería en las autoridades judiciales del estado, pues a nivel federal hay una suspensión que le permitiría alcanzar libertad inmediata por la acusación de operaciones con recursos de procedencia ilícita –lavado de dinero–.

Pero ayer miércoles, a primeras horas de la madrugada, quedó extendida una ominosa vara de medir que no dejaría duda en cuanto al criterio que seguirá la justicia quintanarroense sobre el cautiverio o la liberación de Roberto Borge: la ex directora de la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado, Paula González Cetina, fue vinculada a proceso por el delito de peculado, que tampoco implica prisión preventiva oficiosa, pero al parecer los montos económicos de lo escamoteado –más de mil 600 millones de pesos– convencieron al juez de control de dictaminar que la indiciada permanezca en el Cereso de Chetumal mientras transcurre su proceso.

Esto parece indicar que de llegar Borge a Quintana Roo para tener una primera audiencia el juez de control seguramente decidirá no liberarlo, pues desde luego el quebranto económico que se le atribuye es mucho mayor –más de tres mil 100 millones de pesos– que el que se reclama a su cercana colaboradora, que ya pasó su primer amanecer en el penal. Se podría decir que la primera diligencia, previa al juicio oral, el ex hombre fuerte de la entidad ya la vivió, pero en interpósita persona.

Ayer la Fiscalía General del Estado quiso –con trabajos– dar a entender que el tratado de extradición vigente de México con Panamá no obstaría para que se le fincaran más acusaciones a Borge. Hasta ahora los tipos penales del fuero común en la carpeta de investigación son aprovechamiento ilícito del poder, desempeño irregular de la función pública y peculado.

La suspensión contra actos de la justicia federal que tiene Roberto Borge lo pondría, pues, donde lo quieren ver sus acérrimos enemigos: en el Cereso de Chetumal, pero, a fuerza de predecir el desarrollo de su proceso sobre bases legales y no sobre ánimos vindicatorios, es necesario tener en cuenta varios puntos, pues la gente suele confundir sus deseos con la administración de justicia.

Roberto Borge, dice la Constitución (artículo 20, B, I), es inocente hasta que se demuestre lo contrario, y se sabrá si conserva dicha condición o es declarado culpable de haber cometido los ilícitos en comento hasta que termine un proceso al que en este momento sólo suponemos –aunque muy verosímilmente– será vinculado en los próximos días.

Ahora, para quienes le desean mil azotes y la guillotina, más vale que vayan tomando en cuenta las penalidades posibles: por aprovechamiento ilícito del poder el Código Penal de Quintana Roo (artículo 252) prevé de dos a 10 años de prisión y cincuenta a quinientos días multa; el ejercicio ilícito del servicio público (artículo 238) se castiga con dos a siete años de prisión y ciento cincuenta a trescientos días multa, y por peculado (artículo 256), debido a los montos que la Fiscalía espera comprobar, el castigo sería de dos a siete años de prisión y de ciento cincuenta a trescientos días multa.

La buena noticia para los acérrimos antiborgistas es que en el sistema penal vigente los delitos pueden ser acumulativos: con un tratamiento muy indulgente, inclinado al espíritu garantista de la ley, el castigo parecería poco; bajo criterios más orientados a satisfacer la sed de venganza del pueblo y siempre y cuando la Fiscalía haya realizado un buen trabajo en la integración del expediente, estaríamos hablando de media vida de encierro.

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