No habrá caricatura de López Obrador en Solidaridad

La autoridad solicita retirar los dibujos parecidos a Andrés Manuel López Obrador.

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Consejeros del Ieqroo otorgaron un plazo de 48 horas para su retiro total. (Joel Zamora/SIPSE)
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Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- El Instituto Electoral de Quintana Roo ordenó a Luis Roldán Carrillo, candidato a presidente municipal de Solidaridad toda propaganda relacionada con Andrés Manuel López Obrador, específicamente caricaturas parecidas al candidato presidencial.

Sergio Avilés Demeneghi, presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, confirmó que la medida cautelar fue solicitada por el Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en contra del candidato del Partido Encuentro Social (PES).

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En el caso del candidato del PES en Solidaridad, en la propaganda se utilizaba un personaje de caricatura, pero que se parece a AMLO; por ello, se otorgó un plazo de 48 horas para su retiro total.

En caso de incumplimiento, la autoridad electoral procederá realizar los retiros, y para ello, los costos que impliquen serán descontados de las prerrogativas ordinarias de los partidos políticos.

En las próximas horas se espera que la Comisión de Quejas y Denuncias resuelva, al menos, tres casos más relacionados con la utilización de la imagen de Andrés Manuel López Obrador.

Uno de ellos corresponde a Rivelino Valdivia Villaseca, candidato de Juntos Haremos Historia en Bacalar, Laura Beristaín Navarrete, en Solidaridad; y Mara Lezama, en Benito Juárez.

En las tres, el Partido Encuentro Social (PES) pido que se deje de utilizar la imagen del candidato presidencial en la propaganda electoral, tomando en cuenta los mismos criterios utilizados por el Tribunal Electoral de Quintana Roo, que ordenó a Niurka Sáliva retirar su propaganda.

Las medidas cautelares corresponden a acciones ordenadas como parte de la integración de los respectivos Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), que según la legislación serán resueltas por el Teqroo.

En la mayoría de los Procedimientos resuelto, la autoridad jurisdiccional ha determinado la inexistencia de los actos reclamados, principalmente en lo que refiere a actos anticipados de campaña, cuyas sentencias han sido confirmadas por la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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