Magistrado Fidel Villanueva pierde otro amparo

El funcionario del Poder Judicial combatía actos privativos de libertad.

|
El juzgado federal determinó sobreseer el expediente presentado en contra de Fernando León Chávez, juez de Control del Distrito Judicial. (Joel Zamora/SIPSE)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Benjamín Pat/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- Fidel Gabriel Villanueva Rivero, magistrado del Poder Judicial, perdió ante el Juzgado Primero de Distrito otro amparo, promovido contra jueces de control mediante el cual combatía actos privativos de la libertad.

El juzgado federal determinó sobreseer el expediente 747/2017 presentado en contra de Fernando León Chávez, juez de Control del Distrito Judicial de Chetumal.

También te puede interesar: Juzgados niegan amparos a servidores públicos

El juicio de garantías fue interpuesto el pasado 27 de octubre de 2017 por actos privativos de la libertad, específicamente órdenes de aprehensión.

Fidel Villanueva Rivero dejó la presidencia del Poder Judicial de Quintana Roo, en los primeros días de agosto pasado y fue sustituido en el puesto por Antonio León Ruiz.

Semanas más tarde, el 31 de agosto, la Auditoría Superior del Estado de Quintana Roo (Aseqroo) anunció 27 denuncias penales en contra de ex funcionarios, incluyendo algunos en funciones, entre ellos del Tribunal Superior de Justicia.

En el caso del Poder Judicial la denuncia fue por 2.1 millones de pesos contra seis personas, incluyendo al entonces presidente del TSJ, según la información recabada.

Entrevistado al respecto, Antonio León Ruiz dijo desconocer el tema, aunque en todo caso la autoridad correspondiente deberá confirmarlo o notificarlo.

Cabe destacar que el año pasado, la XV Legislatura del Congreso del Estado realizó una serie de reformas en materia de fuero constitucional, que incluyó la eliminación del Procedimiento de Declaratoria de Procedencia, en la Ley Orgánica del Poder Legislativo, mediante el cual el Congreso autorizaba o no la actuación del Ministerio Público contra diputados, magistrados y presidentes municipales.

Sin embargo, las modificaciones no incluyeron a la Ley Orgánica del Poder Judicial, la cual establece que ningún magistrado podrá ser sujeto a una aprehensión sin la autorización del Pleno del Consejo de la Judicatura.

El artículo 22 de la mencionada ley señala que será atribución del Tribunal Pleno, conceder autorización para la aprehensión de los Magistrados y Jueces del Poder Judicial por los delitos que cometan.

Lo más leído

skeleton





skeleton