Clausuran obra en ‘La sabana’ de Chetumal

Se colocaron tres sellos en la construcción, que ya comenzaba a rellenar el cuerpo de agua.

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Una obra fue clausurada por no contar con los premisos para rellenar un cuerpo de agua conocido como 'La sabana', en Chetumal. (Carlos Horta/SIPSE)
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Claudia Martín/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- La Procuraduría de Protección al Ambiente (PPA) frenó el relleno de un predio ubicado sobre la avenida de los Insurgentes, parcela 77, que colinda con el cuerpo de agua denominado La sabana.

Personal de la dependencia estatal hizo una visita de inspección, tras una denuncia ciudadana, y al momento de las verificaciones, no se pudo demostrar que se contaba con la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) para realizar los trabajos.

Se pudo averiguar que en el lugar se pretende construir y poner en operaciones un almacén, refaccionaria y taller automotriz, el cual, supuestamente contaba con un permiso de construcción por parte del Ayuntamiento de Othón P. Blanco, pero por la premura de los tiempos, no esperaron los permisos estatales y federales.

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De acuerdo con el Secretario de Ecología y Medio Ambiente (SEMA), Alfredo Arellano Guillermo, el área del proyecto mide 2 mil 857.74 metros cuadrados y se le colocaron tres sellos de clausura. 

“El primer sello se colocó el 19 de octubre, porque durante la visita no presentaron el Plan de Manejo de Residuos Sólidos Urbanos y/o de Manejo Especial Autorizado y vigente ante la autoridad competente, es decir, ante la SEMA. Un segundo sello con misma fecha fue porque tampoco presentaron el Plan de Contingencia Ambiental y los Manifiestos de entrega para el Transporte y Disposición final de los residuos”, explicó el funcionario.

Asimismo, precisó que el 20 de octubre se aplicó otra clausura porque no presentaron  la Manifestación de Impacto Ambiental, que debe expedir la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Según el procedimiento administrativo de la PPA, después de la aplicación de los sellos, se debe realizar una evaluación del proyecto, que tiene un proceso de 15 días aproximadamente y posteriormente se aplica la sanción correspondiente.

De acuerdo con el artículo 171 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la multa podría ser de 30 a 50 mil días de salario mínimo general, vigente en el Distrito Federal, al momento de imponer la sanción

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