Comerciantes de Carrillo Puerto buscan legalmente armarse

La inseguridad en el estado ha obligado a empresarios a pensar en esta medida.

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Comerciantes de la zona buscan la autorización de poder contar con equipo de autoprotección, ante la ola de asaltos que se ha desatado. (Jesús Caamal/SIPSE)
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Jesús Caamal/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- Comerciantes carrilloportenses buscan la vía legal para portar armas de fuego dentro de sus establecimientos, ante el temor de ser víctimas de actos vandálicos como las que se registran en la zona norte del Estado.

Maricela Talles Chi presidenta de la Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turísticos (Canaco - Servytur) municipal, expuso que ha tenido reunión con cada uno de los socios de la cámara y a través de ello pidieron que se busque con las autoridades correspondientes la autorización de poder contar con equipo de autoprotección.

“Es una iniciativa que estamos integrando entre todos los socios, buscamos la vía legal para poder contar con esa propuesta, así como otras ciudades y poder sentirnos protegidos ante situaciones que pueden poner en riesgo nuestro patrimonio que con mucho esfuerzo logramos conseguir”, dijo.

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Agregó que hasta el momento todo se mantiene en una propuesta y están buscando lo que se debe de hacer, cómo hacerlo, con quién acudir y todos los procedimientos que son importantes para poder concretar la iniciativa y sobre todo, que todo esté constituido bajo las normas legales.

Señaló que es algo nuevo para ellos y de cierta manera también se debe estar consciente y ninguno de los integrantes debe tomar a la ligera, pues no se trata de un juego sino de algo que los puede mantener en cuidado pero también tendenciosos a ocupar de ello para cosas ilícitas.

“Si todo se logra a concretar también se requiere de un análisis interno de una especie de evaluación, para conocer quiénes podrían estar aptos o no de portarla, porque se trata de que cada quien se sienta seguro y no propiciar a nuevas situaciones de riesgo”, informó. 

De acuerdo con La Ley Federal de Armas de Fuego en el Artículo 15 señala que, en el domicilio se podrá poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus moradores. Su posesión impone el deber de manifestarla a la Secretaría de la Defensa Nacional para su registro.

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