Continúa ignorando normas en cibercafés de Playa del Carmen

Los establecimientos siguen operando sin el software que bloquea pornografía y violencia.

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Según señalan empleados de los cibercafés locales, no se han presentado inspecciones por parte del municipio en días recientes. (Octavio Martínez/SIPSE)
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Octavio Martínez/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- La aplicación del Reglamento para el Funcionamiento de los Establecimientos que prestan el Servicio de Internet, sigue sin aplicarse en los cibercafés, ya que continúan sin el software que impida que en áreas de uso infantil se puedan abrir páginas con contenido pornográfico y violento. Esta situación, de acuerdo con el titular de Cobranza y Fiscalización, Ercole Carpineti Rico, debía quedar solucionada desde el viernes.

Sin embargo, en un recorrido realizado en ese tipo de establecimientos, tanto de la colonia Luis Donaldo Colosio como en la Ejidal, las computadoras no cuentan con el software para bloquear dichos contenidos, además, no presentan la señalización de la prohibición, como marca el reglamento.

El director de Cobranza y Fiscalización del municipio, informó que existen uno 50 cibercafés registrados en la localidad, de los cuales el 20% se encuentra en la delegación de Puerto Aventuras.

Negaron la visita de inspectores a sus establecimientos

En entrevista con encargados de los cibercafés, quienes prefirieron mantenerse en el anonimato, expresaron que en los últimos días no se presentaron inspecciones por parte de Cobranza y Fiscalización, y algunos mencionaron desconocer tal reglamento.

Entre las medidas que destaca dicha normatividad, se encuentra el artículo 12, el cual menciona que los prestadores del servicio de internet deberán contar con software que no permita que las computadoras destinadas a ser usadas por menores de edad tengan acceso a contenidos pornográficos y violentos, que pongan en peligro su sano crecimiento físico, psicológico y moral.

Sanciones a quienes no cumplan la ley

El artículo 35 señala que las sanciones por quebrantar lo mandado van de los 100 a los 500 salarios mínimos. En el artículo cinco se subraya que corresponde a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de Cobranza y Fiscalización, llevar a cabo inspecciones.

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