Inicia la veda electoral en Quintana Roo

Queda suspendida toda propaganda gubernamental para lograr condiciones de equidad entre las fuerzas políticas.

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Cancelan programas de apoyo a la ciudadanía. (Jorge Carrillo/SIPSE)
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Jorge Carrillo/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- A partir de este lunes inicia la suspensión de toda propaganda gubernamental, o lo que se ha hecho llamar la veda electoral que en esencia busca lograr condiciones de equidad entre las fuerzas políticas, sin embargo, desde su creación, la norma constitucional ha sido motivo de controversia entre los actores políticos, medios de comunicación y sociedad en general.

Fue en la reforma constitucional de 2007 cuando se declaró la suspensión de la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, en sus tres niveles, durante el transcurso de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada comicial. Se exceptúa de esta interrupción de la publicidad estatal: las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

De acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el texto anterior deja un espacio para interpretar qué son y qué comprenden los servicios educativos y los servicios a la salud. 

Esta indefinición fue aprovechada desde un inicio por las autoridades gubernamentales para continuar realizando proselitismo político durante las campañas electorales.

Derivado de lo anterior, el Consejo General del Instituto Federal Electoral reguló en el Acuerdo 155/2010, sobre el tema de la publicidad oficial durante la jornada electoral. En este acuerdo permitió la publicidad de algunos eventos, programas e información durante las campañas electorales, con la prohibición de que no contenga logotipos o referencias al gobierno federal, estatal o municipal. 

Este acuerdo fue impugnado por el Partido Nueva Alianza, pues consideraba que no era válida la ampliación por analogía o “evidente beneficio”, lo que conllevaría a una inequidad en las contiendas comiciales que se realizarían (SUP-RAP-57/2010).

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