Castigan delito electoral hasta con seis años de prisión

Esto será para los funcionarios que condicionen la prestación de un servicio público o destine fondos al apoyo de un partido político o candidato.

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Comisión de Agua Potable y Alcantarillado informó que los 492 vehículos de la dependencia serán utilizados única y exclusivamente para operatividad de las labores del servicio de agua potable. (Harold Alcocer/SIPSE)
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Jorge Carrillo/SIPSE
CHETUMAL, Q.Roo.- El Código Penal para el Estado de Quintana Roo establece que se impondrá de 70 a 200 días de multa, o prisión de seis meses a seis años, o ambas sanciones a criterio del Juez, al servidor público que destine fondos o bienes que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político o de un candidato, en observancia de esta disposición el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), signó el convenio respectivo para el blindaje electoral con la Procuraduría General de la República (PGR) y la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) para el blindaje electoral, así como también se imparten cursos de capacitación a funcionarios sobre estos temas.

El titulo décimo del mencionado código dedicado a los delitos en materia electoral incluye tres fracciones dentro del artículo 266 en las que establece, en la primera, que aquel funcionario que abusando de sus funciones obligue a sus subordinados a emitir sus votos en favor de un partido político o candidato, estará cometiendo una infracción punible con las sanciones señaladas anteriormente.

En su fracción segunda menciona que también comete delito aquel funcionario que condicione la prestación de un servicio público a la emisión del sufragio en favor de un partido político o candidato y en la tercera aquel que destine fondos o bienes que tenga a su disposición en virtud de su cargo, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponderle por el delito de peculado, o proporcione ese apoyo, a través de sus subordinados usando del tiempo correspondiente a sus labores para que éstos presten servicios a un partido político o candidato.

Aunque el proceso electoral inició desde el pasado 16 de marzo, es éste lunes 13 de mayo cuando inician las campañas políticas para los candidatos a miembros de los Ayuntamientos.

En un comunicado emitido este sábado, la Comisión de Agua Potable y Alcantarillado (CAPA), dependencia encargada de suministrar el vital líquido, señala que respetuosos de la ley electoral y a fin de evitar incurrir en alguna falta durante el proceso electoral, por lo que informó que los 492 vehículos automotores que integran el parque vehicular de la dependencia, serán utilizados única y exclusivamente para operatividad de las labores en cuanto a servicio de agua potable se refiere, en beneficio de los quintanarroenses.

El comunicado agrega que el Jefe del Ejecutivo Estatal, instruyó a la CAPA, para blindar la operación de los 233 vehículos y las 159 motocicletas de la dependencia distribuidos en los diversos organismos operadores en el estado, no politizar las labores por ningún motivo y trabajar con transparencia, para brindar certeza y seguridad a la población de que los servicios de agua potable y alcantarillado continuarán, con resultados y beneficios para las familias.

A estas y otras acciones que impliquen la utilización de recursos humanos, técnicos y financieros a favor de partidos políticos o candidatos están obligados los gobiernos en sus niveles federal, estatal y municipal.

El articulo 261 del Código Penal de Quintana Roo establece que por la Comisión de cualquiera de los delitos comprendidos en el capítulo, que también incluye a cualquier ciudadano que cometa infracciones que afecten el libre proceso electoral y la libertad de los votantes a emitir su sufragio, así como aquel que violente de alguna manera el material o documentos electorales, se impondrá además de las penas señaladas, la suspensión de derechos políticos de uno a cinco años.

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