Denuncian al delegado de Semarnat en Quintana Roo

La Presidenta de Citymar dice que no actuó apegado a la ley ambiental, ya que se prevén en un Área Natural Protegida.

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El proyecto contempla 46 habitaciones, dos restaurantes, spa, tienda de buceo, albercas, bar y faros, entre otros. (Gustavo Villegas/SIPSE)
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Gustavo Villegas/SIPSE
COZUMEL, Q. Roo.- Pide la presidenta del grupo ambientalista Cielo, Tierra y Mar (Citymar) se cancele el proyecto de Villas Xixim en el parque ecoturístico Punta Sur, por violar las leyes ambientales.

Para tal efecto, envió por escrito una denuncia directamente al director general de Riesgo e Impacto Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), contra el delegado de la misma dependencia en Quintana Roo, Raúl González Castilla, de quien dijo “no actuó apegado a la legislación ambiental”. Se buscó la postura del funcionario vía telefónica, pero no respondió a las llamadas.

Guadalupe Álvarez Chulín de Azueta, presidenta de Citymar, declaró que el complejo hotelero se construiría en Punta Sur, un Área Natural Protegida (ANP).

Afectaría zonas de humedales y manglar

La conservacionista es la única que se ha manifestado en contra del proyecto que consiste en 46 habitaciones distribuidas en villas, con dos restaurantes, spa, tienda de buceo, albercas, bar, faros, una villa de avistamiento, plaza de eventos, recepción con oficina de administración, estacionamiento, área de servicios, andadores y áreas de conservación; todo esto en una zona que es ANP y sitio Internacional Ramsar vigente en México desde el 2 de febrero de 2005.

Mientras muestra un mapa de la ubicación del complejo, dijo que se afectaría zona de humedales y manglar, sin tomar en cuenta la laguna Colombia, hábitat de una enorme riqueza ecológica.

Hace apenas una semana, siendo aún director de Desarrollo Urbano, Humberto Suárez Castillo declaró: “una vez aprobado por la Semarnat deben solicitar el permiso de construcción. En el lado ambiental, nosotros (municipio) no regulamos”. Estas declaraciones son las que a juicio de Guadalupe Álvarez “muestra una entrega por parte del ayuntamiento al proyecto” (sic).

No está legalmente fundamentada 

El ayuntamiento tiene la facultad de dar o no el permiso de construcción, agregó, pero parece que las autoridades municipales se someten a una decisión que no está fundamentada legalmente.

Con fecha 11 de febrero de 2015 número de oficio 005/02/011/2015, Citymar envió la denuncia contra el delegado de la Semarnat en Quintana Roo.

Se informa y solicita cancelación de la autorización proyecto 23QR2014TD029, denominado Villas Xixin, que se ubica en el kilómetro 35 de la carretera costera sur en área de la laguna de Colombia, por violaciones a las leyes ambientales vigentes”, cita el documento dirigido a Alfonso Flores Ramírez, titular de Riesgo e Impacto Ambiental de la Semarnat.

Violan norma oficial 

La ambientalista recalcó que de esta denuncia tiene copia Raúl González Castilla, en la que detalla que se viola la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 de protección ambiental-especies nativas de México de flora y fauna silvestre-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio lista de especies en riesgo.

“Esta protege cuatro especies de manglares que existen en el área donde se autorizó por la delegación Semarnat el proyecto Villas Xixim”, puntualizó Álvarez Chulín.

Con un mapa en mano, la presidenta de Citymar demostró que gran parte de este proyecto se encuentra dentro de la laguna de Colombia, hogar de aves residentes y migratorias, cocodrilos, y que violenta el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Cozumel, publicado en el Diario Oficial del Estado de Quintana Roo el 21 de octubre de 2008 vigente, y que toda esa área está en la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) PI con categoría de protección.

Se remitió a la firma del tratado internacional Ramsar con fecha 2 de febrero de 2005, que protege los humedales y manglares de toda esa área, y se aplique el artículo 35 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) con base al artículo 35, apartado III incisos a al c.

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