Profepa clausura obras en la Laguna Ciega ¡Por incumplir permiso!

La maquinaria afectó vegetación que no está considerada en la Autorización de Impacto Ambiental.

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La Procuraduría clausuró de manera total temporal las actividades de desmonte. (Foto: Gustavo Villegas)
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Redacción
COZUMEL, Q. Roo.-  La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), clausuró de manera total temporal las actividades de desmonte y limpieza de la vegetación, en la zona norte de la isla,  donde se pretende construir una carretera que conduce a la Laguna Ciega.

Durante la visita de inspección, personal de la Delegación Federal de la Profepa en la entidad, constató que en una superficie total de 2 mil 634 hectáreas se llevó a cabo la remoción de vegetación forestal de selva mediana subperennifolia con maquinaria pesada en las laterales del camino, informa un comunicado.

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La vegetación afectada está representada en su mayoría por selva mediana subperennifolia, la cual no está considerada en la Autorización de Impacto Ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), por lo que se incumple con el término primero del permiso otorgado al proyecto.

Por lo anterior, la Procuraduría procedió a la clausurar de manera total temporal, las actividades de remoción de vegetación forestal, hasta cuando el promovente acredite contar con la autorización correspondiente.

Con la remoción se afectaron especies de flora como: tzalam, akits, chechén, chaca, kitanche y jabín; en el área se identificaron especies de Palma Chit (Thrinax radiata) que fueron dejados en pie, por lo que no se observó afectación a esta especie, misma que se encuentra listada en la Norma Oficial Mexicana, con categoría de (A) amenazada.

Podrían ser sancionados

El desmonte propicia la pérdida y degradación del suelo por acción hídrica y/o eólica, así como el desplazamiento de las especies de fauna silvestre que habitaban en éstos ecosistemas.

Esta fauna se caracteriza  por tener la mayor diversidad terrestre, que provee una gran cantidad de alimento en forma de frutos, hojas, semillas, raíces y cortezas, a las diferentes especies de fauna silvestre que ahí habitan; por lo que su eliminación puede causar un daño o deterioro grave a los recursos naturales.

Las violaciones a los preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, sus reglamentos y las disposiciones, podrán ser sancionadas administrativamente por una multa de 30 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización

 De acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 418 del Código Penal Federal, se podrá imponer pena de seis meses a nueve años de prisión, siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas, al que ilícitamente desmonte o destruya la vegetación natural y cambie el uso de suelo forestal.

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