Derecho de réplica

Para entender esta ley a profundidad entendamos que una agencia de noticias...

|
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Para entender esta ley a profundidad entendamos que una agencia de noticias es una institución o empresa que obtiene información, fotografías, materiales editoriales ya sea para venderlos o ponerlos a la disposición de medios informativos o de comunicación mediante contratos o acuerdos.

El derecho de réplica es aquel derecho que tienen todas las personas a que sean difundidas o publicadas las aclaraciones que resulten pertinentes, respecto de informaciones transmitidas, datos o publicaciones por los sujetos obligados, relacionados con hecho que le aludan, que sean falsos o inexactos, cuya divulgación le cause un agravio ya sea político, económico, en su honor, vida privada o imagen.

De acuerdo a la Ley Reglamentaria del artículo 6º, toda persona tiene derecho de réplica respecto de la información inexacta o falsa que emita cualquier sujeto obligado previsto en esta Ley que le cause un agravio.

Que quiere decir esta ley, que si una persona es afectada económicamente, su honor, su vida privada, su imagen, entre otros, por algo que los noticieros o medios de comunicación publicaron, la persona afectada tendrá el derecho de réplica y podrá dar una explicación sobre estos hechos. De igual forma está establecido que la publicación, transmisión o difusión de la rectificación o respuesta formulada en el ejercicio del derecho de réplica, deberá publicarse o transmitirse por los sujetos obligados de manera gratuita.

También menciona que las personas involucradas siempre deberán tener un responsable que pueda recibir y resolver sobre las situaciones de réplica.

En caso de que sea una transmisión en vivo por parte de radiodifusoras, noticieros, entre otros medios de comunicación, el afectado tendrá un plazo de no mayor a 15 días para poder ejercer su derecho de réplica y defenderse. Esto lo hará mediante un escrito dirigido a la noticiera, este escrito deberá contener nombre, domicilio para recibir todas las solicitudes y/o notificaciones, fecha y día de la transmisión en vivo y los hechos que desea aclarar, firma autógrafa de su representante legal y una copia de su identificación oficial. Une vez que haya sido recibido este escrito, la noticiera tiene tres días hábiles, para enviar su decisión respecto al escrito.

Cabe mencionar que el escrito deberá contener exclusivamente hechos y aclaraciones y sobre todo se deberá evitar utilizar opiniones, juicios de valores, moralidad, y mucho menos usarse para realizar ataques a terceras partes. Una vez que se haya aclarado, la resolución final se deberá publicar al día siguiente hábil después de haberse dado la resolución. Si fue algo por escrito se deberá publicar todo el texto en una sola hoja y si fue una transmisión en vivo se deberá de explicar la situación y rectificar los hechos que fueron aclarados.

Para que se generó esta ley, se creó para evitar difamaciones hacia cualquier persona, que la persona que resulte afectada por hechos falsos pueda reclamar y mostrar la verdad antes las personas que fue expuesta, esto debido a que la persona afectada pudo ser dañado en su imagen, vida privada, familia, entre otros. Esta ley le permite a las personas defenderse y mostrar los hechos como sucedieron, ya que al solo ver una parte de lo que paso es muy fácil que se den malos entendidos, y es por eso que existe el derecho de réplica.

En el Instituto Pericial Judicial contamos con asesoría y apoyo gratuito para todo aquel que lo requiera. Pueden visitarnos en avenida López Portillo casi esquina con Uxmal, o enviarnos un WhatsApp al (998) – 303 – 66- 70, en donde con gusto los atenderemos y agendaremos una cita.

Lo más leído

skeleton





skeleton