Van multas para empresas que no han pagado utilidades

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social va a reforzar los operativos.

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El año pasado la instancia federal sancionó a cuatro empresas. (Israel Leal/ SIPSE)
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Stephani Blanco/ SIPSE
CANCÚN, Q. Roo.- El plazo para el pago de utilidades, una prestación a la que tienen derecho los trabajadores, cada año, venció en junio por lo que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) va a reforzar los operativos.

Las personas físicas que registraron utilidades tenían hasta 29 de junio para pagar a sus trabajadores, mientras que para las personas morales venció en mayo y de no haber hecho el pago son acreedores a multas, mencionó Enoel Pérez Cortez, delegado federal del trabajo en la entidad.

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“De manera diaria se revisan hasta cinco empresa y estamos en la espera a una lista que entrega el Servicio de Administración Tributaria (SAT),  a quienes les presentan las empresas su declaración, de esa maneras asistir directo a las que sí tuvieron que hacer el pago”.

Hasta el momento en las revisiones no les han hecho ninguna sanción, y lo que se pide es que de manera voluntaria informen sobre el pago que les dieron a los trabajadores.

Instancia federal

El año pasado la instancia federal sancionó a cuatro empresas, quienes además tienen que hacer el pago extemporáneo.

Las multas van desde 250 salarios mínimos (20 mil pesos) hasta cinco mil salarios mínimos  (400 mil 200), pero esto depende del tipo de empresa, número de afectados y si sólo es extemporáneo o el patrón se ve renuente a dar la prestación por ley.

“El SAT entrega la relación de empresas morales que generaron utilidades, y ya la central le da a cada estado la lista, misma que estamos esperando para hacer las visitas”, mencionó.

Las multas van desde 250 salarios mínimos (20 mil pesos) hasta cinco mil salarios mínimos.

Los operativos son a empresas  ya que también la dependencia a nivel estatal realiza el operativo.

Tienen derecho al pago aquellos que trabajan como directores, gerentes y administrativos, incluso aquellos eventuales que laboraron menos de 60 días en un año, y se puede respaldar a quienes cuentan con un contrato dentro de la empresa, es decir, empleos formales.

Quien no cobró puede poner su queja ante la STPS para que la dependencia haga sus inspecciones al patrón.

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