Cambia Cofepris las reglas para nuevos establecimientos

Las modificaciones a la Ley General de Salud obliga a los negocios a notificar a la dependencia 30 días antes de empezar a laborar.

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Entre los establecimientos que deberán dar aviso 30 días antes de entrar en funciones están los de purificación y embotellado de agua. (Daniel Pacheco/SIPSE)
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Octavio Martínez/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- Los cambios en la Ley General de Salud, prevén que para el próximo año, los establecimientos mercantiles deban notificar a la Coordinación Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), 30 días antes de ser echados a andar, anteriormente la dependencia esperaba 10 días la notificación luego que un negocio entrara en funcionamiento.

Los cambios al artículo 47 y 200 bis  de la ley, contempla un nuevo plazo de notificación a la Cofepris para que un establecimiento entre en funcionamiento.

De acuerdo con Efraín Alonzo Sansores, titular de la Cofrepris, esto aplicará a los establecimientos, que no requieran de autorización sanitaria de dar aviso de funcionamiento a la dependencia;  tiene como intención reforzar las medidas de salud y proteger la integridad de los consumidores, ya que anteriormente cuando era el plazo de 10 días después de haber entrado en funcionamiento un negocio, se pudo haber dañado la salud de algún cliente.

Alonzo Sansores, mencionó que la fecha marca que sea el 1 de  enero cuando entrará en vigor esta parte de la ley, sin embargo se tiene contemplado que sea paulatinamente como entrara en vigor este nueva parte de la ley.

Establecimientos que requieren notificación

Entre los establecimientos que nombró el entrevistado que tendrán que hacer la notificación se encuentran: insumos para la salud, farmacia sin venta de medicamentos controlados, comercio al por menor de productos naturistas, productos y servicios; así también elaboración de botanas, purificación y embotellado de agua. Elaboración de hielo, comercio al por menor de pescados, mariscos, supermercados y restaurantes.

Añadió que también los comercios, como los de venta de gasolina y diesel; servicios funerarios, comercio al por mayor de desechos metálicos, comercio al por menor de ferretería, tlapalería y pintura; servicios de salud, comercio al por menor de lentes y artículos ortopédicos; consultorios de medicina general y especializado, tanto públicos como privados. 

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