Investigan supuesto 'relleno hormiga' en Laguna Guerrero

La Profepa realizó una inspección ocular en la zona ante la denuncia formulada por los habitantes del lugar.

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La Profepa detectó el reforzamiento de un muro de contención paralelo a la laguna construido con piedra. (Harold Alcocer/SIPSE)
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Claudia Martín/SIPSE
CHETUMAL, Q. Roo.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), realizó una inspección ocular en la comunidad de Laguna Guerrero para detectar “el relleno hormiga” al cuerpo de agua de la localidad. 

La delegada federal de la dependencia, Ludivina Menchaca Castellanos, informó que previamente se hizo una inspección en la zona para verificar los puntos señalados, posteriormente se inició una investigación ante la denuncia formulada por los habitantes de la zona al predio que se encuentra a un costado del Centro de Atención y Rehabilitación de Mamíferos Acuáticos (Carma), hábitat de Daniel el manatí.

“Se observó que se ejecutan obras de ampliación de una casa habitación existente en un nivel a dos niveles; también hay trabajos en una cisterna colindante a la zona federal lagunar; hay reforzamiento o incremento de un muro de contención paralelo a la laguna construido con piedra apilada para proteger el predio de la erosión, no es relleno a la laguna”, indicó 

Visita de inspección

De acuerdo con los procedimientos de la Profepa, el siguiente paso es realizar una visita de inspección a efecto de solicitar la autorización en materia de impacto ambiental para la ampliación de las obras y actividades descritas. 

“Si no cuenta con los permisos, entonces se hará acreedor a una sanciones que puede ser, administrativa, económica o incluso, penal, según sea el caso”, dijo.

En 2010 el predio, propiedad de Rubén D. G. C., que se encuentra a un costado del Carma, fue inspeccionado y sancionado por la Profepa debido a que no contaba con los permisos para levantar la vivienda de un planta que permanece el sitio. No se proporcionó el monto de la multa. Sin embargo, de no contar con las autorizaciones correspondientes podría caer en el termino reincidente y ser procesado penalmente.

Sanciones

Las violaciones a los preceptos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), sus reglamentos y las disposiciones que de ella emanen serán sancionadas con una o más multas de 20 mil a 50 mil días de salario mínimo en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción, la clausura temporal o definitiva, total o parcial del sitio cuando no haya cumplimiento de las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas, en casos de reincidencia cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente, y cuando se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones 

Además se contempla el arresto administrativo hasta por 36 horas, el decomiso de los instrumentos, ejemplares, productos o subproductos directamente relacionados y la  suspensión o revocación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.  En caso de reincidencia, el monto de la multa podrá exceder el doble del máximo permitido, así como consistir en una clausura definitiva.

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