Prevén efecto negativo ‘en cadena’ por impuesto a la ‘fast food’

La Canaco-Servytur estima que los comercios ajenos a los alimentos serán perjudicados por este gravamen.

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Los tamales, así como otros alimentos ya listos para comerse, pagarán IVA a partir del 1 de julio. (Octavio Martínez/SIPSE)
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Octavio Martínez/SIPSE
PLAYA DEL CARMEN, Q. Roo.- La Cámara Nacional de Comercio, Servicios y Turismo (Canaco –Servitur) pronosticó un efecto en cadena que perjudicará  a comercios por el gravamen del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se aplicará, a partir del 1 de julio, a productos considerados como ‘comida rápida’. 

De acuerdo con Pablo Alcocer Góngora, presidente de la Canaco-Servitur, la aplicación del IVA del 16% a alimentos causará que los consumidores tengan que pagar el gravamen y esto afectará el consumo de otros productos. 

“En la asociación solamente tenemos como dos negocios que manejan estos alimentos, pero al final la afectación será para todos los que estemos involucrados en la actividad comercial”, explicó.  

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Y aunque por el momento no han llegado observaciones por este nuevo impuesto, este organismo empresarial esperará hasta la próxima semana, cuando ya se empiece a aplicar esta medida, para implementar formas para revertir los efectos negativos. 

De acuerdo con la Tercera Resolución de Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2015 en su última actualización de ayer, esto aplicará a: “alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los que resulten de la combinación de aquellos productos que, por sí solos y por su destino ordinario, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro de elaboración adicional”. 

Los alimentos que entran en este gravamen y que se venden principalmente en tiendas de conveniencia son:

  • Sándwiches o emparedados,  
  • tortas o lonches incluyendo chapatas, 
  • pepitos baguettes, 
  • paninis o subs; 
  • gorditas, 
  • quesadillas, 
  • tacos o flautas, 
  • sincronizadas o gringas; 
  • burritos y envueltos, 
  • rollos y wraps;
  • croissants o cuernitos.

Además se mencionan que entran los bakes, empanadas y volovanes, la pizza, la focaccia; guisos, incluyendo las discadas, hot dogs y banderillas. 

Por último informa que también entran en el gravamen los hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, bocadillos, el sushi, los tamales, las sopas instantáneas y los nachos

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