Robo de cobre a categoría penal

Ahora las personas que cometan este delito enfrentarán un proceso que los puede llevar de dos a cuatro años de prisión.

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Anteriormente las personas que robaban cobre y lo transportaban eran detenidas, pero si nadie los denunciaba en 48 horas quedaban en libertad. (Tomás Álvarez/SIPSE)
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Redacción/SIPSE
CANCÚN, Q.Roo.- A partir de junio los legisladores reformaron el Código Penal para endurecer el castigo a las personas que cometan el delito de robo de cobre, ahora ya enfrentan un proceso que los puede llevar de dos a cuatro años de prisión. Tan sólo en lo que va del año van 45 detenidos, según la Secretaría de Seguridad Pública de Benito Juárez.

Manuel de Jesús Salazar Bonilla fue detenido el 27 de agosto por el robo de 15 piezas de tubo de cobre, que aceptó haber sustraído en un domicilio. El 14 de junio del presente año se aumentó al Código Penal del Estado el artículo 145 ter el cual castiga penalmente a cualquier persona que posea, transporte, adquiera, enajene, acopie y comercialice piezas de cobre u otros metales, producto de un robo.

Salazar Bonilla es la sexta persona que  la Policía Municipal detienen en flagrancia por robo de cobre, desde que se anexó al Código Penal dicho artículo. Y antes de esa fecha, la corporación policíaca puso a disposición de las autoridades ministeriales a 45 personas por el mismo delito.

Manuel de Jesús tiene 49 años de edad, es albañil y originario de Yucatán, caminaba la tarde de ayer rumbo a su domicilio y al pasar por un domicilio de la Supermanzana 22, y arrancó los tubos de las tomas de agua del inmueble.

Un vecino reportó al número de emergencia 066 la actitud de Manuel. Se envió una patrulla a la zona y los policías preventivos lograron ubicarlo y asegurarlo.

Los uniformados procedieron a realizarles una revisión de rutina y le encontraron al menos 15 pedazos de mental, los cuales no pudo acreditar su legítima propiedad y terminó por aceptar que se los había robado de un domicilio.

El decreto 289, salió publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE), en este se adicionó la fracción VII del artículo 145 y el artículo 145 ter. Y aunque no es un delito grave, se persigue de oficio.

Anteriormente las personas que robaban cobre y lo transportaban eran detenidas, pero si nadie los denunciaba en 48 horas quedaban en libertad.

Ahora con la reforma a este artículo que dice a la letra en su fracción VII: “Respecto a piezas, partes o accesorios elaborados total o parcialmente de cobre u otros metales utilizados en instalaciones eléctricas, hidráulicas y/o de gas, en equipamientos urbano o industrial”, se castigará esta conducta como delito.

Mientras que el artículo 145 ter  dice que se impondrá de dos a cuatro años de prisión y de 10 a 20 días de salarios mínimos de multa a cualquier persona que comercialice, acopie, adquiera, piezas, partes o accesorios de cobre u otro metal.

Un agente del Ministerio Público del Fuero Común (MPFC), quien reservó su nombre, explicó que este delito se persigue de oficio y se castiga de dos a cuatro años de prisión, sin embargo alcanza fianza.

Explicó que en un determinado momento, si las pruebas circunstanciales se llegan a dar, como son la confesión del detenido, peritajes, informe de la Policía Judicial del Estado (PJE), entre otras, podría fincársele alguna responsabilidad a las chatarrerías o lugares donde compran este tipo de material.

Dijo que anteriormente se daba el caso de que si no llegaba el agraviado a denunciar el robo de cobre, en el termino constitucional de 48 horas, se dejaba en libertad al presunto ladrón, sin pagar ninguna multa.

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