Ley Nacional de Extinción de Dominio

El Senado aprobó la noche del 1 de julio de este mismo año la nueva ley nacional de extinción de dominio

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Con 89 votos a favor, el Senado aprobó la noche del 1 de julio de este mismo año la nueva ley nacional de extinción de dominio, la cual tiene un fin en específico, combatir el poder económico que tiene la delincuencia organizada y no para que se genere incertidumbre en los ciudadanos.
Entidades privadas le han hecho una petición al presidente Andres Manuel López Obrador para que ejerciera su derecho a veto y que también realizará las observaciones que fueren pertinentes respecto a esta nueva propuesta de ley y que acotara los tipos penales al narcotráfico y crimen organizado, también para que las dictaminadoras doten de candados necesarios para la correcta implementación y ajusten la normatividad.
Esta ley define que la extinción de dominio es la pérdida de los derechos que una persona tenga en relación a los bienes de cuya legítima procedencia no pueda acreditarse, y que sean producto u objeto de ilícitos, como lo es la delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de petroquímicos e hidrocarburos, trata de personas y delitos contra salud.
La Coparmex hace mención de que dicha ley violenta la presunción de inocencia y que pone en riesgo el derecho y el respeto a la propiedad privada y menciona lo siguiente; “no deben soportarse en leyes que impliquen un riesgo latente en contra de los derechos humanos, al ignorar la presunción de inocencia, y dejar vulnerable la propiedad privada”.
Esto se trata de un proceso que poco a poco pretende agrandar o ampliar la participación del gobierno, generando con esto un notable impacto negativo tanto para la seguridad jurídica, crecimiento económico y para el patrimonio de las familias mexicanas.
Esta ley recientemente aprobada por el Congreso Federal ha traído un sin fin de dudas, inseguridades y hasta el momento se ha pedido que vuelvan a considerar los daños y perjuicios que pudiera traer consigo esta ley, el hecho de que se puedan quitar propiedades e inclusive vender antes de que hubiere un juicio para determinar si es culpable o no es una completa y total violación a los derechos humanos.
Este nuevo proyecto busca unificar y eficientar los procesos para que el Estado pueda decomisar los bienes y recursos de ilícita procedencia o que hayan sido utilizados para cometer algún delito.
También menciona que toda persona que se considere afectada por esto se le garantizará el acceso a los medios de defensa que sean adecuados para demostrar la verdadera procedencia o bien procedencia lícita.
Esto en las manos equivocadas puede convertirse en una catástrofe, se deben adquirir medidas de seguridad para el que les fueron quitadas sus propiedades, para evitar la venta temprana de los bienes y el protegerlas hasta que se demuestre que verdaderamente era culpable, y si es inocente regresárselas en el estado en que estaban.
Esperemos que esta ley sea reconsiderada y que ciertamente se le hagan las correcciones y los candados requeridos para que verdaderamente sea contra la delincuencia organizada y lo delitos antes mencionados, que las propiedades no sean vendidas antes de tener un dictamen y que también estos sean protegidos y resguardados, todo sin tomar decisiones apresuradas.
*Directora del Instituto Pericial Judicial.

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